A/RES/60/135
2.
Recomienda que, en las iniciativas que se llevan a cabo para lograr los
objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los de la
Declaración del Milenio 3, se tenga en cuenta la situación de las personas de edad;
Exhorta a los gobiernos y, en el marco de sus mandatos, a los organismos
3.
y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, y alienta a la comunidad no
gubernamental, a que incorporen de manera adecuada en sus programas y proyectos
los problemas que plantea el envejecimiento de la población y las preocupaciones
de las personas de edad;
Invita a los Estados Miembros y a las organizaciones y los órganos del
4.
sistema de las Naciones Unidas a que tengan en cuenta las necesidades y
preocupaciones de las personas de edad en la adopción de decisiones a todos los
niveles;
Subraya la necesidad de incrementar la capacidad nacional con miras a
5.
fomentar y facilitar la aplicación del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre
el Envejecimiento, 2002 4, y, en este sentido, alienta a los gobiernos a que den su
apoyo al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para el Envejecimiento a fin de
que el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría pueda prestar
más asistencia a los países que la soliciten;
Exhorta a los gobiernos a que consulten y utilicen el Programa
6.
investigación sobre el envejecimiento para el siglo XXI, aprobado por el Foro
Valencia en abril de 2002, como instrumento para aumentar la capacidad nacional
relación con el envejecimiento, a fin de aplicar, examinar y evaluar el Plan
Acción de Madrid;
de
de
en
de
Invita a los gobiernos, las organizaciones intergubernamentales y las
7.
organizaciones no gubernamentales a que alienten y apoyen investigaciones
detalladas, diversificadas y especializadas sobre el envejecimiento en todos los
países;
Invita a las comisiones orgánicas del Consejo Económico y Social a que
8.
incorporen en su labor las cuestiones relativas al envejecimiento de los individuos y
de la población, a fin de promover la aplicación del Plan de Acción de Madrid;
Recomienda que la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la
9.
Mujer siga examinando la situación de las mujeres de edad, en particular las más
vulnerables, incluidas las que viven en zonas rurales;
10. Alienta a las comisiones regionales que aún no lo hayan hecho a que
elaboren una estrategia regional para aplicar el Plan de Acción de Madrid;
11. Toma nota de la resolución 42/1 de la Comisión de Desarrollo Social2 y,
en este contexto, pide al Secretario General que presente a la Comisión, en su
44° período de sesiones, sus propuestas para realizar el examen y la evaluación del
Plan de Acción en los planos regional y mundial;
12. Pide a las organizaciones y los órganos del sistema de las Naciones
Unidas que sigan reforzando la capacidad de los centros de coordinación sobre el
envejecimiento y les asignen recursos suficientes para que continúen aplicando el
_______________
3
Véase la resolución 55/2.
Informe de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, Madrid, 8 a 12 de abril de 2002
(publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.IV.4), cap. I, resolución 1, anexo II.
4
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