A/RES/52/214 Página 3 10. Hace hincapié en la importancia de que se proporcionen recursos adecuados de servicios de conferencias a todos los centros de conferencias de las Naciones Unidas; 11. Acoge con satisfacción el aumento, con respecto a 1995, del índice general de utilización de los servicios de conferencias en 1996, que superó el nivel de referencia del 80%, en particular en Ginebra y Viena; 12. Observa con preocupación la utilización insuficiente de las instalaciones de conferencias en la Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi; 13. Pide que se haga una mejor utilización de las instalaciones de conferencias en la Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi; 14. Alienta a todos los órganos subsidiarios del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la Comisión de Asentamientos Humanos y otros órganos de las Naciones Unidas a que, en la medida de lo posible, celebren sus reuniones en la Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi; 15. Pide al Secretario General que preste asistencia a los órganos anteriormente mencionados a fin de mejorar esta situación e informe a la Asamblea General en su quincuagésimo tercer período de sesiones, por conducto del Comité de Conferencias, sobre las medidas adoptadas a tal fin; 16. Reitera su petición al Comité de Conferencias de que, en consulta con los órganos interesados, examine los casos en que el índice de utilización haya sido inferior al 80% durante por lo menos tres períodos de sesiones, con miras a formular recomendaciones apropiadas a fin de lograr la utilización óptima de los recursos de servicios de conferencias; 17. Reafirma su decisión de que todos los órganos cumplan la norma con arreglo a la cual deben reunirse en sus sedes; 18. Decide que las excepciones a la norma relativa a la celebración de reuniones en las sedes se concedan únicamente sobre la base del calendario de conferencias y reuniones de las Naciones Unidas que el Comité de Conferencias recomienda a la Asamblea General para su aprobación; 19. Invita a todos sus órganos subsidiarios que están autorizados a celebrar reuniones en lugares distintos de sus sedes establecidas a que, a la luz de su situación actual en materia de trabajo, mantengan en examen la excepción a la norma relativa a la celebración de reuniones en las sedes e informen a la Asamblea General por conducto del Comité de Conferencias de cualquier cambio a ese respecto; B Recordando sus resoluciones 47/202 B, de 22 de diciembre de 1992, 48/222 B, de 23 de diciembre de 1993, 49/221 B, de 23 de diciembre de 1994, 50/206 B y C, de 23 de diciembre de 1995, y 51/211 B, de 18 de diciembre de 1996, /...

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