A/RES/50/200 Página 6 16. Observa con beneplácito los esfuerzos del Gobierno de Rwanda por reconstruir la administración pública y la infraestructura social, jurídica, económica y de derechos humanos en Rwanda, alienta al Gobierno de Rwanda a que intensifique sus esfuerzos, con la asistencia de la comunidad internacional, la Operación de Derechos Humanos en Rwanda y otros órganos de las Naciones Unidas, para acelerar el procesamiento de casos, velar por que las condiciones y el trato durante la detención cumplan las normas internacionales e impartir formación a la policía civil sobre los procedimientos judiciales aplicables a la detención y reclusión y toma nota de que la labor en ese sentido tropieza con el obstáculo de la falta de recursos humanos y financieros; 17. Invita a los Estados Miembros, a las organizaciones y los organismos del sistema de las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que prosigan e intensifiquen sus esfuerzos por aportar apoyo financiero y técnico a la labor del Gobierno de Rwanda para reconstruir la administración pública y la infraestructura social, jurídica, económica y de derechos humanos de Rwanda, en particular la administración de justicia, expresa satisfacción por las contribuciones aportadas, incluidas las de la Conferencia de mesa redonda que tuvo lugar en Ginebra y su revisión a mediano plazo, e insta a los Estados Miembros y a los organismos donantes a que cumplan los compromisos anteriormente contraídos; 18. Condena todos los actos de violencia e intimidación contra habitantes de los campamentos de refugiados en países vecinos, pide a las autoridades competentes que velen por la seguridad en esos campamentos y acoge con satisfacción los compromisos contraídos por los gobiernos de la región en la Declaración de El Cairo sobre la Región de los Grandes Lagos; 19. Acoge con satisfacción la acción conjunta del Gobierno de Rwanda, los países vecinos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados para prestar asistencia en el retorno voluntario y en condiciones de seguridad de los refugiados mediante, entre otras cosas, la labor de la Comisión Tripartita y los acuerdos concertados en Nairobi en enero de 1995, en Bujumbura en febrero de 1995 y en El Cairo en noviembre de 1995, y acoge también con satisfacción las gestiones realizadas por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Misión de las Naciones Unidas de Asistencia a Rwanda y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo a fin de coordinar su labor con miras a velar por la protección de los derechos humanos de los refugiados durante su retorno, reasentamiento y reintegración; 20. Acoge también con satisfacción las medidas tomadas por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en cooperación con el Gobierno de Rwanda y prestando asistencia a este Gobierno, para establecer la Operación de Derechos Humanos en Rwanda, cuyos objetivos son: a) Investigar las violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario, incluidos los actos de genocidio y crímenes de lesa humanidad; b) Vigilar la situación de los derechos humanos y prevenir violaciones en el futuro; c) Cooperar con otros organismos internacionales para restablecer la confianza y facilitar así el regreso voluntario y el reasentamiento de los refugiados y las personas desplazadas; /...

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