A/RES/51/213
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Recordando su resolución 43/231, de 16 de febrero de 1989, relativa a la
financiación de la Misión de Verificación, y sus resoluciones y decisiones
posteriores sobre la misma cuestión, la última de las cuales fue la resolución
50/209 B, de 7 de junio de 1996,
Reafirmando que los gastos de la Misión de Verificación son gastos de la
Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad
con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos de
la Misión de Verificación se requiere un procedimiento diferente del que se
aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones
Unidas,
Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están
en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países
económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada
de contribuir a una operación de esa índole,
Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son
miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales
operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea
General, de 27 de junio de 1963,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión de
Verificación los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las
funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del
Consejo de Seguridad,
Preocupada por el hecho de que el Secretario General continúa
enfrentando dificultades para saldar regularmente las obligaciones de la
Misión de Verificación, en particular con respecto al reembolso de los gastos
a los Estados que están aportando contingentes o que los aportaron en el
pasado,
1.
Toma nota de la situación de las contribuciones para la Misión de
Verificación de las Naciones Unidas en Angola al 10 de diciembre de 1996, en
particular de las cuotas pendientes de pago por valor de 127.520.046 dólares
de los Estados Unidos, que representan el 23% de las cuotas asignadas desde
que se estableció la Misión de Verificación hasta el 11 de diciembre de 1996,
observa que aproximadamente el 19% de los Estados Miembros han pagado sus
cuotas íntegramente, e insta a los demás Estados Miembros de que se trate, en
particular a los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de
pago;
2.
Expresa su preocupación por la situación financiera de
actividades de mantenimiento de la paz, en particular con respecto
reembolso de los gastos a los países que aportan contingentes, que
consecuencias del atraso de los Estados Miembros en el pago de sus
las
al
sufren las
cuotas;
3.
Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han abonado
íntegramente sus cuotas;
4.
Insta a todos los Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su
alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Misión de
Verificación;
5.
Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el
informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto2;
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