A/RES/51/213 Página 2 Recordando su resolución 43/231, de 16 de febrero de 1989, relativa a la financiación de la Misión de Verificación, y sus resoluciones y decisiones posteriores sobre la misma cuestión, la última de las cuales fue la resolución 50/209 B, de 7 de junio de 1996, Reafirmando que los gastos de la Misión de Verificación son gastos de la Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos de la Misión de Verificación se requiere un procedimiento diferente del que se aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada de contribuir a una operación de esa índole, Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea General, de 27 de junio de 1963, Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión de Verificación los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, Preocupada por el hecho de que el Secretario General continúa enfrentando dificultades para saldar regularmente las obligaciones de la Misión de Verificación, en particular con respecto al reembolso de los gastos a los Estados que están aportando contingentes o que los aportaron en el pasado, 1. Toma nota de la situación de las contribuciones para la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Angola al 10 de diciembre de 1996, en particular de las cuotas pendientes de pago por valor de 127.520.046 dólares de los Estados Unidos, que representan el 23% de las cuotas asignadas desde que se estableció la Misión de Verificación hasta el 11 de diciembre de 1996, observa que aproximadamente el 19% de los Estados Miembros han pagado sus cuotas íntegramente, e insta a los demás Estados Miembros de que se trate, en particular a los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago; 2. Expresa su preocupación por la situación financiera de actividades de mantenimiento de la paz, en particular con respecto reembolso de los gastos a los países que aportan contingentes, que consecuencias del atraso de los Estados Miembros en el pago de sus las al sufren las cuotas; 3. Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han abonado íntegramente sus cuotas; 4. Insta a todos los Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Misión de Verificación; 5. Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto2; /...

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