Naciones Unidas Asamblea General A/RES/57/68 Distr. general 30 de diciembre de 2002 Quincuagésimo séptimo período de sesiones Tema 66 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/57/510)] 57/71. Reducciones bilaterales de las armas nucleares estratégicas y nuevo marco estratégico La Asamblea General, Recordando su resolución 53/77 Z, de 4 de diciembre de 1998, y otras resoluciones pertinentes, Acogiendo con beneplácito la conclusión de las reducciones de las armas estratégicas codificadas en el Tratado sobre la reducción y limitación de las armas estratégicas ofensivas (START) 1, por parte de Belarús, los Estados Unidos de América, la Federación de Rusia, Kazajstán y Ucrania, Conviniendo en que los nuevos desafíos y amenazas mundiales exigen que se sienten nuevas bases, cualitativamente diferentes, para fundamentar las relaciones estratégicas entre los Estados Unidos de América y la Federación de Rusia, Observando con satisfacción el establecimiento de una nueva relación estratégica entre los Estados Unidos de América y la Federación de Rusia, basada en los principios de mutua seguridad, confianza, apertura, cooperación y previsibilidad, Reconociendo la determinación de los dos países de trabajar juntos y con otras naciones y organizaciones internacionales para promover la seguridad, el bienestar económico y un mundo libre pacífico y próspero, Encomiando el acuerdo por el cual cada país reducirá sus ojivas nucleares estratégicas a un número que no exceda de 1.700 a 2.200, según lo especificado en el Tratado sobre las reducciones de las armas estratégicas ofensivas (Tratado de Moscú) 2, antes del 31 de diciembre de 2012, Estimando que las reducciones estratégicas convenidas afianzan el compromiso de los Estados Unidos de América y de la Federación de Rusia en virtud del artículo VI del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares3 _______________ 1 Anuario de las Naciones Unidas sobre Desarme, vol. 16: 1991 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.92.IX.1), apéndice II. 2 Véase CD/1674. 3 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 729, No. 10485. 02 54259

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