A/RES/54/55
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7. Acoge también con beneplácito la decisión de los Jefes de Estado y de Gobierno de la
Comunidad Económica de los Estados del África Central, reunidos en Malabo el 24 de junio de 1999, de
integrar al Consejo en la Comunidad y de establecer una red de parlamentarios de la Comunidad, con
miras a la creación, más adelante, del parlamento de la Comunidad;
8. Destaca la necesidad de hacer operativo el mecanismo de alerta temprana en el África central
para que sirva, por una parte, como instrumento de análisis y seguimiento de las situaciones políticas en
los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente con el fin de prevenir el estallido de futuros
conflictos armados y, por la otra, como órgano técnico que posibilite que los países miembros ejecuten
el programa de trabajo del Comité aprobado en 1992 en Yaundé, en su reunión de organización, y pide
al Secretario General que le preste toda la ayuda necesaria para su buen funcionamiento;
9. Pide al Secretario General y a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos que presten apoyo a la creación de un centro subregional para los derechos humanos y la
democracia en el África central;
10. Pide al Secretario General que, en aplicación de la resolución 1197 (1998) del Consejo de
Seguridad, preste a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente el apoyo necesario para el
buen funcionamiento del mecanismo de alerta temprana y del Consejo de Paz y de Seguridad del África
Central;
11. Pide también al Secretario General que preste su apoyo a la creación de una red de
parlamentarios con miras a la creación de un parlamento subregional en el África central;
12. Pide al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados que sigan brindando una asistencia cada vez mayor a los países del África central en la gestión
de los problemas de los refugiados acogidos en sus territorios;
13. Agradece al Secretario General la creación del Fondo Fiduciario para el Comité Consultivo
Permanente de las Naciones Unidas encargado de las cuestiones de seguridad en el África central;
14. Hace un llamamiento a los Estados Miembros y a las organizaciones gubernamentales y no
gubernamentales para que aporten nuevas contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario, a fin de impulsar
el programa de trabajo del Comité Consultivo Permanente y, en especial, las actividades que se indican
en los párrafos 5, 6 y 7 supra;
15. Hace un llamamiento a la comunidad internacional, a las organizaciones no gubernamentales y
a los medios de comunicación para que apoyen la difusión de información objetiva sobre el África central;
16. Pide al Secretario General que siga proporcionando asistencia a los Estados miembros del Comité
Consultivo Permanente para que puedan seguir llevando a cabo sus actividades;
17. Pide también al Secretario General que le presente un informe, en su quincuagésimo quinto
período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución;
18. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo quinto período de sesiones el
tema titulado “Medidas de fomento de la confianza en el plano regional: actividades del Comité
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