Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención
del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica
A/RES/70/178
que los integran, alentando la participación efectiva y la inclusión de todos los
sectores de la sociedad, lo cual permitirá crear las condiciones necesarias para
promover el programa más amplio de las Naciones Unidas, y reconociendo la
responsabilidad de los Estados Miembros de defender la dignidad humana y todos
los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas, en
particular las afectadas por la delincuencia y las que están en contacto con el
sistema de justicia penal, incluidos los miembros vulnerables de la sociedad ,
independientemente de su condición, que podrían ser objeto de formas múltiples y
agravadas de discriminación, y de prevenir y combatir la delincuencia motivada por
la intolerancia o la discriminación de toda índole,
Profundamente preocupada por los efectos negativos que tiene la corrupción
en el desarrollo y en el goce de los derechos humanos, y reconociendo la
importancia universal de la buena gobernanza, la transparencia, la integridad y la
rendición de cuentas, y, por ello, pidiendo tolerancia cero an te la corrupción y
medidas más eficaces para prevenir y combatir la corrupción en todas sus formas,
especialmente el soborno, así como el blanqueo del producto de la corrupción y
otras formas de delincuencia,
Teniendo presente que la restitución de activos es uno de los principales
objetivos, además de un principio fundamental, de la Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción y que los Estados partes en la Convención están
obligados a prestarse entre sí la más amplia cooperación a ese respecto,
Reconociendo que, gracias a sus numerosos signatarios y a su gran ámbito de
aplicación, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional 9 y la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción constituyen un fundamento importante para la cooperación
internacional, entre otras cosas, en materia de extradición, asistencia judicial
recíproca y decomiso y recuperación de activos, y proporcionan un mecanismo
eficaz que se debería aprovechar y aplicar más,
Destacando la importancia de fortalecer la cooperación internacional, sobre la
base de los principios de la responsabilidad compartida y de conformidad con el
derecho internacional, para dar una respuesta efectiva al problema mundial de las
drogas, desmantelar las redes ilícitas y hacer frente a la delincuencia organizada
transnacional, abarcando el blanqueo de dinero, el tráfico ilícito de migrantes, la
trata de personas, el tráfico de armas y demás formas de delincuencia organizada,
todo lo cual amenaza la seguridad nacional y menoscaba el desarrollo sostenible y el
estado de derecho,
Observando la importante contribución que la cooperación entre los sectores
público y privado puede hacer a los esfuerzos por prevenir y combatir las
actividades delictivas, como la delincuencia organizada transnacional, la corrupción
y el terrorismo, en particular en el sector del turismo,
Reafirmando los compromisos contraídos por los Estados Miembros en la
Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, aprobada el 8 de
septiembre de 2006 10, y sus exámenes bienales posteriores,
Recordando la importancia de las medidas para eliminar el terrorismo
internacional adoptadas en virtud de su resolución 69/127 y la aprobación, el 18 de
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2225, núm. 39574.
Resolución 60/288.
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