A/RES/49/166 Página 3 fines de prostitución, y a los gobiernos de los países de acogida y los países de origen que adopten sanciones eficaces contra quienes organizan la migración de indocumentados, explotan a esos migrantes o se dedican a esa trata, especialmente a cualquier forma de trata internacional de mujeres y niñas; 3. Alienta a los gobiernos, órganos competentes y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a reunir y compartir información acerca de todos los aspectos de la trata de mujeres y niñas para facilitar la formulación de medidas al respecto; 4. Insta a todos los gobiernos a que adopten medidas apropiadas para hacer frente al problema de la trata de mujeres y niñas y para que se proporcione a las víctimas la asistencia, el apoyo, el asesoramiento jurídico, la protección, el tratamiento y la rehabilitación necesarios e insta a los gobiernos a que cooperen en esta cuestión; 5. Hace un llamamiento a todos los gobiernos para que adopten medidas apropiadas con el fin de evitar que los tratantes exploten y utilicen indebidamente determinadas actividades económicas, como el desarrollo del turismo y la exportación de mano de obra; 6. Alienta a los Estados Miembros a que estudien la posibilidad de firmar y ratificar el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena 11/, la Convención sobre la esclavitud 12/ y todos los demás instrumentos internacionales en la materia, o de adherirse a ellos; 7. Invita a los gobiernos interesados y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales correspondientes a que tomen medidas adecuadas para crear mayor conciencia pública del problema; 8. Señala a la atención de la Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer y al Grupo de Trabajo sobre las Formas Contemporáneas de la Esclavitud de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, el problema de la trata de mujeres y niñas; 9. Invita a la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, a la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer: Acción para la Igualdad, el Desarrollo y la Paz y al Noveno Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente a que examinen la posibilidad de incluir en sus respectivos programas de acción la cuestión de la trata de mujeres y niñas; 10. Recomienda que se examine el problema de la trata de mujeres y niñas en relación con la aplicación de todos los instrumentos jurídicos internacionales pertinentes y, si fuera necesario, que se estudien medidas para fortalecerlos, sin menoscabar su autoridad e integridad jurídicas; 11/ Resolución 317 (IV), anexo. 12/ Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 212, No. 2861. /...

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