A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/194
18 de febrero de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 97 f) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/52/628/Add.6)]
52/194. Función del microcrédito en la erradicación de la pobreza
La Asamblea General,
Tomando nota del informe del Secretario General sobre la observancia del Año Internacional para
la Erradicación de la Pobreza (1996) y las recomendaciones para el resto del primer Decenio de las
Naciones Unidas para la Erradicación de la Pobreza (1997-2006)1,
Reconociendo que las personas que viven en la pobreza tienen la capacidad innata de salir de ella con
dignidad por medio del trabajo y pueden dar muestras de capacidad creativa para mejorar su situación si
cuentan con un entorno propicio y con las oportunidades adecuadas,
Observando que, en muchos países del mundo, los programas de microcrédito, al brindar acceso a
pequeños préstamos de capital a las personas que viven en la pobreza, han conseguido generar empleos
independientes productivos,
Observando también que se ha demostrado que los programas de microcrédito son un instrumento
eficaz para liberar a las personas de la servidumbre de la pobreza y que han coadyuvado a su creciente
participación en los procesos políticos y económicos establecidos de la sociedad,
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A/52/573.
98-76840
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