Los océanos y el derecho del mar A/RES/70/235 114. Alienta a los Estados a que aseguren la aplicación efectiva del derecho internacional aplicable a la lucha contra la piratería, reflejado en la Convención, exhorta a los Estados a que adopten medidas adecuadas con arreglo a su legislación nacional a fin de facilitar, de conformidad con el derecho internacional, la aprehensión y el enjuiciamiento de quienes presuntamente hayan cometido actos de piratería o los hayan financiado o facilitado, teniendo en cuenta también otros instrumentos pertinentes acordes con la Convención, y alienta a los Estados a que cooperen, según proceda, con el fin de perfeccionar su legislación nacional en este ámbito; 115. Expresa grave preocupación por las amenazas que representan la piratería y el robo a mano armada en el mar para la seguridad y el bienestar de la gente de mar y otras personas; 116. Invita a todos los Estados, a la Organización Marítima Internacional, a la Organización Internacional del Trabajo y a los demás organismos y organizaciones internacionales competentes a que adopten o recomienden, según proceda, medidas para proteger el interés y el bienestar de la gente de mar y los pescadores que son víctimas de los piratas tras su liberación, incluidos servicios de asistencia y reintegración en la sociedad después del incidente; 117. Observa la cooperación existente entre la Organización Marítima Internacional, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y la División en lo que respecta a la compilación de legislación nacional en materia de piratería, observa también que en el sitio web de la División se han publicado copias de la legislación nacional recibidas por la Secretaría, y alienta a esos órganos a que sigan cooperando con miras a prestar a los Estados Miembros que así lo soliciten asistencia para la elaboración de leyes nacionales contra la piratería; 118. Reconoce las iniciativas de nivel nacional, bilateral y trilateral, así como los mecanismos de cooperación regional, que se mantienen, de conformidad con el derecho internacional, para hacer frente a la piratería, incluida la financiación o la facilitación de actos de piratería, y el robo a mano armada en el mar en la región de Asia, y exhorta a los demás Estados a que consideren inmediatamente la posibilidad de aprobar, celebrar y aplicar acuerdos regionales de coo peración para combatir los actos de piratería y robo a mano armada contra buques; 119. Expresa gran preocupación por las condiciones inhumanas que padecen en cautividad los rehenes tomados en el mar y el impacto negativo en sus familias, pide que se liberen inmediatamente todos los rehenes tomados en el mar y destaca la importancia de la cooperación entre los Estados Miembr os para hacer frente al problema de la toma de rehenes en el mar; 120. Acoge con beneplácito a ese respecto la labor que viene realizando el Programa de Apoyo a los Rehenes de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, financiado por la Junta del Fondo Fiduciario para Apoyar las Iniciativas de los Estados que Luchan contra la Piratería frente a las Costas de Somalia, para asegurar la liberación de los navegantes secuestrados frente a las costas de Somalia 50; 121. Acoge con beneplácito también los logros recientemente alcanzados en la lucha contra la piratería y robo a mano armada en el mar frente a las costas de Somalia, que son consecuencia de los esfuerzos que se realizan en los planos _______________ 50 Véase S/2013/623, párrs. 11 a 13, y S/2014/740, párr. 10. 25/59

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