Los océanos y el derecho del mar A/RES/70/235 274. Alienta a los Estados e invita a las organizaciones intergubernamentales pertinentes a que tengan plenamente en cuenta la evaluación como parte de distintos procesos, como el Proceso de Consultas Oficiosas, y reconoce la función de la evaluación en apoyo de la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 106; 275. Recuerda la importancia de asegurar que las evaluaciones, como las preparadas en el marco del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, la Plataforma Intergubernamental Científico -Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas y el Proceso Ordinario, se apoyen mutuamente y eviten duplicaciones innecesarias, y la importancia de tener en cuenta las evaluaciones a nivel regional; 276. Toma nota de las opiniones expresadas por los Estados Miembros, incluidos los miembros de la Mesa del Grupo de Trabajo Plenario Especial, los observadores y otros participantes en el Grupo de Trabajo, el Grupo de Expertos y la secretaría del Proceso Ordinario, sobre las enseñanzas extraídas del primer ciclo del Proceso Ordinario y la necesidad de proseguir el examen de esas cuestiones en el intervalo entre períodos de sesiones; 277. Observa con aprecio las contribuciones, incluidas las contribuciones en especie, a los talleres y el sitio web y en apoyo de los miembros del Grupo de Expertos; 278. Toma nota con aprecio también de las aportaciones al fondo fiduciario de contribuciones voluntarias establecido conforme al párrafo 183 de la resolución 64/71 al objeto de apoyar las operaciones del primer ciclo de cinco años y durante el período de operaciones del Proceso Ordinario 107, y expresa al mismo tiempo su preocupación por la dificultad para recaudar fondos suficientes para el Proceso Ordinario; 279. Hace notar las importantes limitaciones en materia de recursos humanos y financieros en que se llevó a cabo el primer ciclo del Proceso Ordinario; 280. Recuerda su decisión, contenida en el párrafo 177 de su resolución 64/71, de que, en el primer ciclo, el Proceso Ordinario se centraría en el establecimiento de una base de referencia y, en ciclos posteriores, en la evaluación de tendencias; 281. Decide poner en marcha el segundo ciclo del Proceso Ordinario; 282. Solicita a la Mesa del Grupo de Trabajo Plenario Especial que siga examinando las enseñanzas extraídas del primer ciclo del Proceso Ordinario, con miras a la ejecución del segundo ciclo, en particular invitando a los Estados Miembros, los observadores y otros participantes en el Grupo de Trabajo Plenario Especial, a través de los Copresidentes, a que contribuyan enviando sus opiniones por escrito a la Mesa y celebrando una o más reuniones públicas oficiosas con los Estados Miembros, los observadores y otros participantes en el Grupo de Trabajo Plenario Especial, y solicita a la Mesa que informe al Grupo de Trabajo Plenario Especial en su séptima reunión sobre las opiniones recibidas y que distribuya dicha información antes de celebrarse esa reunión; _______________ 106 107 Resolución 70/1. Véase la resolución 69/245, párr. 278. 51/59

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