A/RES/70/235
Los océanos y el derecho del mar
283. Solicita al Secretario General que convoque la séptima reunión del
Grupo de Trabajo Plenario Especial del 3 al 9 de agosto de 2016, con miras a
formular recomendaciones a la Asamblea General sobre el seguimiento de la
evaluación, la ejecución del segundo ciclo del Proceso Ordinario, incluido su
presupuesto y duración, y cualquier ajuste que pueda ser necesario a la luz de las
enseñanzas extraídas del primer ciclo, en particular respecto a las necesidades de
recursos, antes de que finalice su septuagésimo período de sesiones, y teniendo
plenamente en cuenta los debates sobre las enseñanzas extraídas y el camino
a seguir;
284. Decide que las reuniones del Grupo de Trabajo Plenario Especial sean
coordinadas por dos copresidentes que representen, respectivamente, a los países
en desarrollo y los países desarrollados, que serán nombrados por el Presidente de
la Asamblea General en consulta con los grupos regionales, para todo el
segundo ciclo;
285. Solicita al Secretario General que examine las necesidades de recursos
para el segundo ciclo del Proceso Ordinario y que informe a los Estados Miembros
antes de la séptima reunión del Grupo de Trabajo Plenario Especial;
286. Solicita a la secretaría del Proceso Ordinario que, dependiendo de la
situación presupuestaria, recopile un inventario de la información disponible sobre
evaluaciones recientes y en curso y otros procesos a nivel regional y mundial que
sean pertinentes en relación con el Proceso Ordinario, y que lo presente a la Mesa
del Grupo de Trabajo Plenario Especial antes del final de febrero de 2016;
287. Solicita al Secretario General que invite a los Presidentes de los grupos
regionales a formar un grupo de expertos que tenga unos conocimientos
especializados y una distribución geográfica adecuados, integrado por un máximo
de 25 expertos y no más de 5 expertos por grupo regional, para todo el segundo
ciclo del Proceso Ordinario, teniendo en cuenta la conveniencia de un cierto grado
de continuidad y conforme al mandato del Grupo de Expertos del Proceso
Ordinario 108;
288. Invita a las personas que han prestado servicios en el Grupo de Expertos
en el primer ciclo del Proceso Ordinario a que presten asesoramiento, según sea
necesario, a la Mesa y al Grupo de Trabajo Plenario Especial hasta el nombramiento
del Grupo de Expertos para el segundo ciclo;
289. Invita a la Comisión Oceanográfica Intergubernamental, el Programa de
las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la Organización Marítima
Internacional, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la
Agricultura y los demás organismos especializados competentes de las Naciones
Unidas, según proceda, a que sigan prestando apoyo técnico y científico al Proceso
Ordinario;
290. Reconoce que los organismos especializados de las Naciones Unidas
pueden desempeñar una importante función en la promoción del Proceso Ordinario
y los invita a que sigan promoviéndolo en consulta y coordinación con la secretaría
del Proceso Ordinario;
los
291. Insta a los Estados Miembros, las instituciones financieras internacionales,
organismos donantes, las organizaciones intergubernamentales, las
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Véase A/67/87, anexo III.