A/RES/70/235
Los océanos y el derecho del mar
mar que realiza la Asamblea General, institución mundial a que compete ese
examen;
326. Hace notar que el informe mencionado en el párrafo 324 supra se
presentará también a los Estados partes de conformidad con el artículo 319 de la
Convención, relativo a las cuestiones de carácter general que hayan surgi do con
respecto a la Convención;
327. Hace notar también el deseo de seguir aumentando la eficiencia de las
consultas oficiosas relativas a su resolución anual sobre los océanos y el derecho del
mar, así como la participación efectiva de las delegaciones en esas consultas, decide
que las consultas oficiosas sobre la resolución deberán tener una duración máxima
de dos semanas en total y que deberán programarse de forma que la División tenga
tiempo suficiente para preparar el informe mencionado en el párrafo 324 supra, e
invita a los Estados a que presenten los textos propuestos para su inclusión en la
resolución al Coordinador de las consultas oficiosas en la fecha más temprana
posible;
328. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo prime r
período de sesiones el tema titulado “Los océanos y el derecho del mar”.
82ª sesión plenaria
23 de diciembre de 2015
Anexo
Modificaciones del anexo II de la resolución 55/7 de la Asamblea
General: Fondo Fiduciario para facilitar la preparación de las
presentaciones que hagan a la Comisión de Límites de la
Plataforma Continental los países en desarrollo, particularmente
los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en
desarrollo, y el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 de la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
Mandato, directrices y normas
2.
Objetivos y finalidad del Fondo Fiduciario
En el párrafo 9, modifíquese la última oración de la siguiente manera:
“El objetivo del Fondo es permitir que los Estados en desarrollo,
particularmente los países ribereños menos adelantados y los pequeños Estados
insulares en desarrollo, hagan una evaluación inicial de su caso concreto, elab oren
planes adecuados para realizar nuevas investigaciones y obtener datos
suplementarios, preparen los documentos definitivos de presentación cuando hayan
obtenido los datos necesarios, y, previa invitación de la Comisión, se reúnan con
esta cuando esté examinando su presentación”.
4.
Solicitud de asistencia financiera
En el párrafo 16, insértese el siguiente apartado tras el apartado d):
“d bis) Gastos de viaje en avión y dietas para un máximo de tres miembros
de la delegación cuando la Comisión o la subcomisión correspondiente haya
invitado a esa delegación a asistir a su reunión o período de sesiones, excepto
cuando se esté examinando una presentación conjunta de tres o más Estados, en
cuyo caso recibirá asistencia como máximo un total de seis miembr os de esa
delegación conjunta;”
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