Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/59/244
Distr. general
3 de marzo de 2005
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 88 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de diciembre de 2004
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/59/486/Add.1)]
59/244. Tercera Conferencia de las Naciones Unidas
sobre los Países Menos Adelantados
La Asamblea General,
Recordando su resolución 55/279, de 12 de julio de 2001, en la cual hizo suyos
la Declaración de Bruselas 1 y el Programa de Acción en favor de los países menos
adelantados para el decenio 2001-2010 2, y sus resoluciones 57/276, de 20 de
diciembre de 2002, y 58/228, de 23 de diciembre de 2003, relativas a la Tercera
Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados,
Reafirmando su resolución 55/2, de 8 de septiembre de 2000, por la cual
aprobó la Declaración del Milenio, y en particular el párrafo 15, en que los Jefes de
Estado y de Gobierno decidieron atender las necesidades especiales de los países
menos adelantados,
Reconociendo la importancia del examen de los progresos hechos en el logro
de los objetivos y las metas enunciados en el Programa de Acción y también de otros
objetivos de desarrollo internacionalmente convenidos, incluidos los contenidos en la
Declaración del Milenio que se refieren a las necesidades especiales de los países
menos adelantados,
Tomando nota de la Declaración Ministerial de la serie de sesiones de alto
nivel del período de sesiones sustantivo del Consejo Económico y Social de 2004
sobre el tema “Movilización de recursos y entorno propicio para la erradicación de
la pobreza en el contexto de la aplicación del Programa de Acción en favor de los
países menos adelantados para el decenio 2001-2010” 3,
Tomando nota también de las resoluciones del Consejo Económico y Social
2004/66, sobre la estrategia de transición gradual de los países que queden excluidos
de la lista de países menos adelantados, y 2004/67, sobre el informe del Comité de
Políticas de Desarrollo sobre su sexto período de sesiones, de 5 de noviembre de
2004,
_______________
1
A/CONF.191/13, cap. I.
Ibíd., cap. II.
3
A/59/3, cap. III, párr. 49. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General,
quincuagésimo noveno período de sesiones, Suplemento No. 3.
2
04-49093
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