A/RES/60/157 internacional en la recuperación de activos, de conformidad con los principios de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción 14, en particular el capítulo V, destaca la importancia de un auténtico compromiso político por parte de todos los gobiernos mediante un marco jurídico sólido y, en ese contexto, insta a los Estados a que firmen y ratifiquen cuanto antes la Convención y a los Estados partes a que la apliquen efectivamente; 27. Insiste también en la necesidad de seguir mejorando las actividades de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos encaminadas a promover y realizar el derecho al desarrollo, incluso asegurando una utilización eficaz de los recursos financieros y humanos necesarios para el cumplimiento de su mandato, y pide al Secretario General que proporcione a la Oficina del Alto Comisionado los recursos que necesite; 28. Reafirma la solicitud hecha a la Alta Comisionada de que, al integrar en su labor el derecho al desarrollo, emprenda efectivamente actividades destinadas a fortalecer la alianza mundial para el desarrollo entre los Estados Miembros, los organismos de desarrollo y las instituciones internacionales de comercio, finanzas y desarrollo y detalle esas actividades en el informe que presentará a la Comisión de Derechos Humanos en su 62° período de sesiones; 29. Exhorta a los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, así como a los organismos especializados, a que incorporen el derecho al desarrollo en sus programas y objetivos operacionales, y destaca la necesidad de que los sistemas internacionales de finanzas y comercio multilateral incorporen el derecho al desarrollo en sus políticas y objetivos; 30. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de los Estados Miembros, los órganos, organismos especializados, fondos y programas de las Naciones Unidas, las instituciones internacionales financieras y de desarrollo, en particular las instituciones de Bretton Woods, y las organizaciones no gubernamentales; 31. Pide también al Secretario General que le presente un informe en su sexagésimo primer período de sesiones y que presente a la Comisión de Derechos Humanos en su 62° período de sesiones un informe provisional sobre la aplicación de la presente resolución, incluidas las actividades que se hayan emprendido en los planos nacional, regional e internacional para promover y realizar el derecho al desarrollo, e invita al presidente del Grupo de Trabajo sobre el derecho al desarrollo a que le presente, en su sexagésimo primer período de sesiones, información oral actualizada. 64ª sesión plenaria 16 de diciembre de 2005 _______________ 14 6 Resolución 58/4, anexo.

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