Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento
A/RES/71/164
situaciones de emergencia, de conformidad con el Plan de Acción de Madrid y el
Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 10;
32. Destaca que, como complemento de los esfuerzos nacionales de
desarrollo, es indispensable una mayor cooperación interna cional, incluida la
cooperación Norte-Sur, complementada por la cooperación Sur-Sur y la cooperación
triangular regional e internacional, para ayudar a los países en desarrollo a aplicar el
Plan de Acción de Madrid, reconociendo la importancia de dicha asi stencia y de la
prestación de ayuda financiera;
33. Alienta a los Estados Miembros a que aseguren que el principio de no
discriminación en función de la edad sea incorporado y defendido en los programas
y políticas sanitarios y que la aplicación de esos programas y políticas sea vigilada
periódicamente;
34. Recomienda que los Gobiernos impliquen a las personas de edad y sus
organizaciones en la formulación, aplicación y supervisión de las políticas y los
programas que las afectan;
35. Alienta a la comunidad internacional, en particular los donantes
internacionales y bilaterales, a que intensifique su cooperación en apoyo a las
iniciativas nacionales encaminadas a erradicar la pobreza, en consonancia con los
objetivos convenidos internacionalmente, a fin de que el apoyo social y económico a
las personas de edad llegue a ser sostenible y adecuado, teniendo presente que cada
país es el principal responsable de su propio desarrollo económico y social;
36. Alienta a la comunidad internacional a que apoye los esfuerzos de los
países para forjar alianzas más firmes con la sociedad civil, incluidas las
organizaciones de personas de edad, las instituciones académicas, las fundaciones
de investigación, las organizaciones comunitarias, en particular los cuidadores, y el
sector privado, a fin de ayudar a crear capacidad en cuestiones relativas al
envejecimiento;
37. Alienta a la comunidad internacional y a los organismos competentes del
sistema de las Naciones Unidas a que, en el marco de sus mandatos respectivos,
apoyen los esfuerzos nacionales para aportar financiación a las iniciativas de
investigación y de reunión de datos sobre el envejecimiento, según corresponda, a
fin de comprender mejor los desafíos y las oportunidades que crea el envejecimiento
de la población y proporcionar a los encargados de la formulación de políticas
información más precisa y específica sobre una perspectiva de género con relación
al envejecimiento;
38. Reconoce la importante función que ejercen diversas organizaciones
internacionales y regionales dedicadas a la capacitación, la creación de capacidad, la
formulación de políticas y la supervisión a nivel nacional y regional para promover
y facilitar la aplicación del Plan de Acción de Madrid, y reconoce también la labor
que se está llevando a cabo en distintas partes del mundo, así como las iniciativas
regionales y las actividades de institutos como el Instituto Internacional sobre el
Envejecimiento en Malta y el Centro Europeo de Políticas de Bienestar Social e
Investigación en Viena;
39. Solicita al centro de coordinación del sistema de las Naciones Unidas
sobre cuestiones relativas al envejecimiento, a saber, el Programa para el
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Resolución 69/283, anexo II.
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