A/HRC/RES/42/27 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 8 de octubre de 2019 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 42º período de sesiones 9 a 27 de septiembre de 2019 Tema 4 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 27 de septiembre de 2019 42/27. La situación de los derechos humanos en la República Árabe Siria El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando sus resoluciones anteriores sobre la República Árabe Siria, Reafirmando también su firme determinación de que se respeten plenamente la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la República Árabe Siria, Exigiendo a las autoridades sirias que cumplan su obligación de proteger a la población siria y de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de todas las personas bajo su jurisdicción, Condenando la grave situación de los derechos humanos en toda la República Árabe Siria, Condenando también los ataques indiscriminados o deliberados contra civiles, en violación del derecho internacional humanitario, en particular los lanzados por las autoridades sirias, y recordando la obligación de todas las partes en conflicto de tomar todas las precauciones posibles para evitar y, en cualquier caso, reducir al mínimo, los daños a civiles y a bienes de carácter civil, como las instalaciones médicas y escuelas, entre otras formas dejando de utilizarlos con fines militares, y también la prohibición de atacar, sustraer, destruir o inutilizar los bienes o espacios indispensables para la supervivencia de la población civil, incluidas las instalaciones de agua potable, los suministros, las obras de riego y las zonas agrícolas para la producción de cultivos y productos alimenticios, Expresando profunda preocupación por la situación de las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, especialmente los desplazados internos, que siguen estando entre los más vulnerables a la violencia y los abusos, Reiterando que solamente se alcanzará una solución sostenible al conflicto actual en la República Árabe Siria mediante un proceso político inclusivo, dirigido y asumido como propio por los sirios, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, que cuente con la participación plena y efectiva de las mujeres, con igualdad de voz, en todos los esfuerzos y en la adopción de decisiones, como señaló el Consejo de Seguridad en su resolución 1325 (2000), de 31 de octubre de 2000, y en resoluciones conexas, y de conformidad con el comunicado de Ginebra de 30 de junio de 2012 y las resoluciones del Consejo 2118 (2013), de 27 de septiembre de 2013, y 2254 (2015), de 18 de diciembre de 2015, a fin de GE.19-17280 (S) 171019  171019

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