A/RES/59/153
6.
Pide a la Secretaría que someta a la consideración del 11° Congreso de
las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal las directrices de
asistencia técnica formuladas y examinadas en la reunión de expertos que se celebró
en Ciudad del Cabo (Sudáfrica) del 24 al 27 de febrero de 20043, para que la
Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal pueda examinarlas en su
siguiente período de sesiones;
Pide a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito que
7.
siga colaborando con las organizaciones internacionales, en particular los
organismos especializados y otras entidades competentes de las Naciones Unidas
que realicen actividades complementarias de su labor, a fin de aumentar la sinergia;
Insta a los Estados Miembros a que sigan trabajando de consuno, incluso
8.
en los planos regional y bilateral y en estrecha colaboración con las Naciones
Unidas, para prevenir y combatir los actos de terrorismo fortaleciendo la
cooperación internacional y la asistencia técnica en el marco de las resoluciones del
Consejo de Seguridad 1373 (2001), 1377 (2001) y 1456 (2003), así como de los
convenios y protocolos universales relativos al terrorismo, las resoluciones del
Consejo 1267 (1999), de 15 de octubre de 1999, 1333 (2000), de 19 de diciembre de
2000, 1390 (2002), de 16 de enero de 2002, 1455 (2003), de 17 de enero de 2003,
1526 (2004), de 30 de enero de 2004, y 1535 (2004), y otras resoluciones
pertinentes de las Naciones Unidas, y de conformidad con la Carta de las Naciones
Unidas y el derecho internacional;
Invita a los Estados Miembros a que, durante el 11° Congreso de las
9.
Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, estudien la forma de
reforzar la cooperación internacional en cuestiones de justicia penal relacionadas
con la prevención del terrorismo, con miras a fortalecer las iniciativas mundiales de
lucha contra el terrorismo;
10. Pide a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito que,
con sujeción a la disponibilidad de recursos extrapresupuestarios, intensifique sus
esfuerzos por prestar a los países que lo soliciten asistencia técnica para prevenir y
combatir el terrorismo mediante la aplicación de los convenios y protocolos
universales relativos al terrorismo, haciendo particular hincapié en la necesidad de
coordinar su labor con el Comité contra el Terrorismo y su Dirección Ejecutiva,
incluso capacitando a los funcionarios judiciales y de fiscalía, cuando proceda, para
aplicar debidamente los convenios y protocolos universales relativos al terrorismo;
11. Pide también a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el
Delito que utilice un enfoque integrado y sinérgico al prestar asistencia técnica a los
Estados que la soliciten, teniendo en cuenta los vínculos que existen entre el
terrorismo y otras formas de delincuencia;
12. Expresa su reconocimiento a los países donantes que han prestado apoyo
al Programa Mundial contra el Terrorismo mediante contribuciones voluntarias al
Fondo de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y la Justicia Penal o a
la red del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y
justicia penal, e invita a todos los Estados Miembros a que hagan contribuciones
voluntarias al Fondo a fin de que la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga
y el Delito pueda prestar asistencia técnica a los Estados Miembros que la soliciten;
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