A/HRC/55/52 las que se ofrecen a hombres y niños94. Es posible que a las mujeres solo se les ofrezcan cursos basados en estereotipos de género, como costura y artesanía, cuyo potencial para ganar un salario mínimo vital puede ser limitado95. Para contrarrestar estos estereotipos es necesario ofrecer a las mujeres formación en profesiones más viables. En el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, un minorista puso en marcha un centro de formación para reclusas que quieran formarse como mecánicas de bicicletas, una profesión tradicionalmente masculina96. En Italia, las reclusas de la mayor cárcel de mujeres trabajan en una empresa social femenina que produce café artesanal en la planta de tostado de la prisión97. 69. Muchas mujeres encarceladas son las principales cuidadoras de sus hijos. Tanto la exposición de los niños a entornos de privación de libertad como la separación de los niños de sus madres encarceladas tienen consecuencias adversas98. Las penas no privativas de libertad son preferibles siempre que sea posible y apropiado, y la decisión de permitir que los niños permanezcan con sus madres recluidas debe basarse en el interés superior del niño, teniendo también en cuenta sus preferencias, según su edad y nivel de desarrollo99. 70. En el estudio mundial sobre los niños privados de libertad se señala que los niños afectados serán tratados como titulares de derechos y no meramente como víctimas circunstanciales del enfrentamiento de su cuidador con el sistema de justicia penal100. Este enfoque se adoptó en la causa del Tribunal Constitucional M. v. The State, en Sudáfrica en 2007101, en la que la pena privativa de libertad impuesta a una madre de niños pequeños fue sustituida por una pena no privativa de libertad porque el juez no había prestado suficiente atención al impacto que tendría en los niños enviar a su madre a prisión. 71. Cuando el encarcelamiento sea inevitable, debe limitarse la duración de la estancia del menor con la madre privada de libertad. La mayoría de los países establecen límites de edad específicos para la admisión de un niño en un lugar de reclusión, normalmente entre los 2 y los 6 años, que son los años formativos en los que el vínculo con los padres es importante para un desarrollo saludable, y también imponen restricciones a la duración de la estancia permitida102. Entre los factores que pueden tenerse en cuenta a la hora de decidir si un niño debe permanecer en un centro de reclusión con la madre figuran las necesidades de lactancia materna, la falta de soluciones alternativas para el cuidado del niño, la idoneidad de las instalaciones penitenciarias para el desarrollo del niño, la salud del niño, la protección de la seguridad del niño, la plena responsabilidad parental y la capacidad para ejercer la función parental, la duración de la condena y la relación cuidador-hijo antes de ingresar en prisión103. 72. En las cárceles debe protegerse la dignidad y la seguridad de las madres, las mujeres embarazadas y las niñas. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que el encadenamiento de una mujer en el hospital de maternidad, las condiciones inadecuadas de su reclusión y la falta de atención médica apropiada para el bebé constituían trato inhumano 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 GE.24-01501 Penal Reform International y Thailand Institute of Justice, Guide: Rehabilitation and Social Reintegration of Women Prisoners – Implementation of the Bangkok Rules (2019), pág. 14. Comunicación de Ambika Satkunanathan. Penal Reform International y Thailand Institute of Justice, Guide: Rehabilitation and Social Reintegration of Women Prisoners, pág. 34. Penal Reform International y Consejo de Europa, Guidance Document on the European Prison Rules, pág. 88. A/74/136, párr. 50. Véanse las Reglas de Bangkok, reglas 49 y 64; resolución 64/142 de la Asamblea General; Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño, art. 30; Comité de los Derechos del Niño, observación general núm. 14 (2013), párr. 69; y Corte Interamericana de Derechos Humanos, opinión consultiva OC-29/22, párr. 195. A/74/136, párr. 51. Tribunal Constitucional de Sudáfrica, M. v. The State, causa núm. CCT 53/06 [2007] ZACC 18, sentencia, 26 de septiembre de 2007. Penal Reform International y Thailand Institute of Justice, Guidance Document on the Bangkok Rules: Implementing the United Nations Rules on the Treatment of Women Prisoners and Noncustodial Measures for Women Offenders, diciembre de 2021, pág. 116. A/74/136, párr. 52. 15

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