A/HRC/55/52
las que se ofrecen a hombres y niños94. Es posible que a las mujeres solo se les ofrezcan
cursos basados en estereotipos de género, como costura y artesanía, cuyo potencial para ganar
un salario mínimo vital puede ser limitado95. Para contrarrestar estos estereotipos es necesario
ofrecer a las mujeres formación en profesiones más viables. En el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte, un minorista puso en marcha un centro de formación para
reclusas que quieran formarse como mecánicas de bicicletas, una profesión tradicionalmente
masculina96. En Italia, las reclusas de la mayor cárcel de mujeres trabajan en una empresa
social femenina que produce café artesanal en la planta de tostado de la prisión97.
69.
Muchas mujeres encarceladas son las principales cuidadoras de sus hijos. Tanto la
exposición de los niños a entornos de privación de libertad como la separación de los niños
de sus madres encarceladas tienen consecuencias adversas98. Las penas no privativas de
libertad son preferibles siempre que sea posible y apropiado, y la decisión de permitir que los
niños permanezcan con sus madres recluidas debe basarse en el interés superior del niño,
teniendo también en cuenta sus preferencias, según su edad y nivel de desarrollo99.
70.
En el estudio mundial sobre los niños privados de libertad se señala que los niños
afectados serán tratados como titulares de derechos y no meramente como víctimas
circunstanciales del enfrentamiento de su cuidador con el sistema de justicia penal100. Este
enfoque se adoptó en la causa del Tribunal Constitucional M. v. The State, en Sudáfrica
en 2007101, en la que la pena privativa de libertad impuesta a una madre de niños pequeños
fue sustituida por una pena no privativa de libertad porque el juez no había prestado suficiente
atención al impacto que tendría en los niños enviar a su madre a prisión.
71.
Cuando el encarcelamiento sea inevitable, debe limitarse la duración de la estancia
del menor con la madre privada de libertad. La mayoría de los países establecen límites de
edad específicos para la admisión de un niño en un lugar de reclusión, normalmente entre
los 2 y los 6 años, que son los años formativos en los que el vínculo con los padres es
importante para un desarrollo saludable, y también imponen restricciones a la duración de la
estancia permitida102. Entre los factores que pueden tenerse en cuenta a la hora de decidir si
un niño debe permanecer en un centro de reclusión con la madre figuran las necesidades de
lactancia materna, la falta de soluciones alternativas para el cuidado del niño, la idoneidad de
las instalaciones penitenciarias para el desarrollo del niño, la salud del niño, la protección de
la seguridad del niño, la plena responsabilidad parental y la capacidad para ejercer la función
parental, la duración de la condena y la relación cuidador-hijo antes de ingresar en prisión103.
72.
En las cárceles debe protegerse la dignidad y la seguridad de las madres, las mujeres
embarazadas y las niñas. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que el
encadenamiento de una mujer en el hospital de maternidad, las condiciones inadecuadas de
su reclusión y la falta de atención médica apropiada para el bebé constituían trato inhumano
94
95
96
97
98
99
100
101
102
103
GE.24-01501
Penal Reform International y Thailand Institute of Justice, Guide: Rehabilitation and Social
Reintegration of Women Prisoners – Implementation of the Bangkok Rules (2019), pág. 14.
Comunicación de Ambika Satkunanathan.
Penal Reform International y Thailand Institute of Justice, Guide: Rehabilitation and Social
Reintegration of Women Prisoners, pág. 34.
Penal Reform International y Consejo de Europa, Guidance Document on the European Prison Rules,
pág. 88.
A/74/136, párr. 50.
Véanse las Reglas de Bangkok, reglas 49 y 64; resolución 64/142 de la Asamblea General; Carta
Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño, art. 30; Comité de los Derechos del Niño,
observación general núm. 14 (2013), párr. 69; y Corte Interamericana de Derechos Humanos, opinión
consultiva OC-29/22, párr. 195.
A/74/136, párr. 51.
Tribunal Constitucional de Sudáfrica, M. v. The State, causa núm. CCT 53/06 [2007] ZACC 18,
sentencia, 26 de septiembre de 2007.
Penal Reform International y Thailand Institute of Justice, Guidance Document on the Bangkok
Rules: Implementing the United Nations Rules on the Treatment of Women Prisoners and Noncustodial Measures for Women Offenders, diciembre de 2021, pág. 116.
A/74/136, párr. 52.
15