A/RES/52/118
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1. Acoge con satisfacción la presentación del informe de la octava reunión de los presidentes de
órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, celebrada en Ginebra del 15 al 19 de
septiembre de 19975, y toma nota de sus conclusiones y recomendaciones;
2. Alienta a cada uno de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos a que
examinen cuidadosamente las conclusiones y recomendaciones pertinentes que figuren en los informes de
los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos;
3. Acoge con agrado la presentación a la Comisión de Derechos Humanos del informe final del
experto independiente sobre el mejoramiento a largo plazo de la eficacia del sistema de tratados de
derechos humanos de las Naciones Unidas6;
4. Alienta la labor que se está realizando con el fin de determinar medidas para aplicar de manera
más eficaz los instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos;
5. Subraya la necesidad de que los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos
cuenten con suficientes recursos financieros, de personal y de información para realizar sus actividades
y, teniéndolo presente:
a) Reitera su solicitud de que el Secretario General proporcione recursos suficientes a cada uno de
los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos;
b) Exhorta al Secretario General a que utilice con máxima eficiencia los recursos disponibles y a
que procure obtener los recursos necesarios para dar a los órganos creados en virtud de tratados de
derechos humanos suficiente apoyo administrativo y más posibilidades de recurrir al asesoramiento de
peritos y a información pertinente;
6. Toma nota con reconocimiento del plan de acción revisado para fomentar la aplicación de la
Convención sobre los Derechos del Niño7 y del plan de acción para fomentar la aplicación del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales8, recuerda la importancia de aplicar esos
planes de conformidad con los procedimientos establecidos de las Naciones Unidas, y pide al Secretario
General que, en el informe que prepare en cumplimiento de la presente resolución, incluya información
sobre la aplicación de los planes de acción;
7. Reafirma la necesidad de que los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos
se complementen mejor en su labor y hace hincapié en que la ratificación universal de los tratados
internacionales de derechos humanos que incluyen obligaciones en materia de presentación de informes
aprobados en el marco del sistema de las Naciones Unidas es importante para lograr esa
complementariedad;
5
A/52/507, anexo.
6
E/CN.4/1997/74, anexo.
7
Resolución 44/25, anexo.
8
Véase resolución 2200 A (XXI), anexo.
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