A/RES/52/92
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18. Insta también a la Comisión de Estupefacientes, en su calidad de órgano preparatorio del período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General, a que termine su labor relacionada con el compromiso
político, el blanqueo de dinero, la cooperación judicial, los precursores, los estimulantes y el desarrollo
alternativo en el marco de los preparativos para el período extraordinario de sesiones;
19. Acoge con satisfacción la resolución 1997/41 del Consejo Económico y Social, de 21 de julio
de 1997, relativa a la aplicación de medidas amplias contra la fabricación y el tráfico ilícitos y el uso
indebido de estimulantes de tipo anfetamínico y de sus precursores, e insta a los Estados Miembros a que
redoblen sus esfuerzos por controlar los precursores y sus sustitutos en cooperación con la Junta
Internacional de Fiscalización de Estupefacientes y a que apliquen las medidas altamente prioritarias que
se indican en esa resolución;
20. Toma nota del Acuerdo de Bakú sobre Cooperación Regional contra el Cultivo, la Producción,
el Tráfico, la Distribución y el Consumo Ilícitos de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y sus
Precursores12 y celebra la contribución de la Subcomisión sobre el Tráfico Ilícito de Drogas y Asuntos
Conexos en el Cercano Oriente y el Oriente Medio a la acción internacional para luchar contra el uso
indebido y la producción y el tráfico ilícitos de drogas;
III
PROGRAMA MUNDIAL DE ACCIÓN
1. Reafirma la importancia del Programa Mundial de Acción3 como marco general de la lucha
nacional, regional e internacional contra la producción, la demanda y el tráfico ilícitos de estupefacientes
y sustancias sicotrópicas;
2. Exhorta a los Estados a que apliquen los mandatos y las recomendaciones del Programa Mundial
de Acción, con miras a que éste se concrete en medidas prácticas de lucha contra el uso indebido de
drogas en los planos nacional, regional e internacional;
3. Insta a todos los gobiernos y organizaciones regionales competentes a que, en el marco de las
actividades de reducción de la demanda, establezcan un planteamiento equilibrado en que se dé la debida
prioridad a la prevención, el tratamiento, la investigación, la reintegración social y la capacitación en el
contexto de los planes estratégicos nacionales de lucha contra el uso indebido de drogas, que deben incluir
el aumento de la conciencia pública sobre los efectos nocivos del uso indebido de estupefacientes;
4. Exhorta a los órganos competentes de las Naciones Unidas, a los organismos especializados, a
las instituciones financieras internacionales y demás organizaciones intergubernamentales y a todos los
agentes de la sociedad civil, en particular las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de
base comunitaria, las asociaciones deportivas, los medios de comunicación y el sector privado, a que
aporten su estrecha cooperación y asistencia a los Estados en la promoción y aplicación del Programa
Mundial de Acción;
12
Resolución 1997/39 del Consejo Económico y Social, anexo.
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