Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/55/104
Distr. general
13 de marzo de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 114 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/602/Add.2)]
55/104. Fortalecimiento de las actividades de las Naciones Unidas
en la esfera de los derechos humanos mediante el fomento
de la cooperación internacional e importancia de la no
selectividad, imparcialidad y objetividad
La Asamblea General,
Teniendo presente que entre los propósitos de las Naciones Unidas figuran los
de fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto del
principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos y
tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal, así como realizar la
cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter
económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto
de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin hacer
distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión,
Deseosa de seguir avanzando en la cooperación internacional para desarrollar y
estimular el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales,
Considerando que esa cooperación internacional debería basarse en los
principios consagrados en el derecho internacional, especialmente en la Carta de las
Naciones Unidas, así como en la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, en
los Pactos internacionales de derechos humanos 2 y en otros instrumentos
pertinentes,
Profundamente convencida de que la acción de las Naciones Unidas en esta
esfera debería basarse no sólo en una comprensión profunda de la gran variedad de
problemas que se plantean en todas las sociedades, sino también en el pleno respeto
de la realidad política, económica y social de cada una de ellas, en estricta
conformidad con los propósitos y principios de la Carta y con el objetivo básico de
desarrollar y estimular el respeto de los derechos humanos y las libertades
fundamentales mediante la cooperación internacional,
Recordando sus resoluciones anteriores sobre este tema,
1
Resolución 217 A (III).
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
2
00 56566