A/RES/54/85
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Recordando sus resoluciones 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, y 1541 (XV), de 15 de diciembre
de 1960, y las resoluciones del Comité Especial, así como otras resoluciones y decisiones pertinentes, incluida
en particular la resolución 1998/38 del Consejo Económico y Social, de 30 de julio de 1998,
Teniendo presentes las disposiciones pertinentes de los documentos finales de las sucesivas
Conferencias de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados y de las resoluciones aprobadas
por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana, el Foro del
Pacífico Meridional y la Comunidad del Caribe,
Consciente de la necesidad de facilitar la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la
independencia a los países y pueblos coloniales, que figura en la resolución 1514 (XV),
Observando que la gran mayoría de los territorios no autónomos restantes son pequeños territorios
insulares,
Acogiendo con beneplácito la asistencia que han prestado a los territorios no autónomos algunos
organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, especialmente el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo,
Acogiendo con beneplácito también la participación de los territorios no autónomos que son miembros
asociados de las comisiones regionales en calidad de observadores en las conferencias mundiales de la esfera
económica y social y en el período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para examinar y
evaluar la ejecución del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el
Desarrollo, que se celebró en la Sede del 30 de junio al 2 de julio de 1999,
Observando que sólo algunos organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas se han vinculado a la prestación de asistencia a los territorios no autónomos,
Destacando que la limitación de opciones de desarrollo para los pequeños territorios no autónomos
insulares plantea problemas especiales en la planificación y ejecución del desarrollo sostenible y que dichos
territorios tropezarán con dific ultades para solucionar esos problemas si no cuentan con la cooperación y
asistencia constantes de los organismos especializados y demás organizaciones del sistema de las Naciones
Unidas,
Destacando asimismo la importancia de obtener los recursos necesarios para financiar la ampliación
de los programas de asistencia a los pueblos interesados y la necesidad de conseguir el apoyo de todas las
principales instituciones de financiación del sistema de las Naciones Unidas a ese respecto,
Reafirmando los mandatos otorgados a los organismos especializados y a otras organizaciones del
sistema de las Naciones Unidas para que adopten todas las medidas apropiadas, dentro de sus respectivas
esferas de competencia, de modo que se logre la plena aplicación de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea
General y otras resoluciones pertinentes,
Expresando su reconocimiento a la Organización de la Unidad Africana, al Foro del Pacífico
Meridional y a la Comunidad del Caribe y otras organizaciones regionales por la cooperación y la asistencia
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