A/RES/51/203 Página 5 necesidades de infraestructura de las nuevas instituciones comunes de Bosnia y Herzegovina, en particular en Sarajevo, la capital del Estado y la Federación de Bosnia y Herzegovina; 13. Insiste en la necesidad de entregar a todos los acusados al Tribunal Internacional para su enjuiciamiento, observa que el Tribunal tiene competencia para ocuparse de la responsabilidad individual por el crimen de genocidio, los crímenes contra la humanidad y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas, incluso en Bosnia y Herzegovina, y reitera que todas las partes deben detener y entregar al Tribunal a todas las personas acusadas que se encuentren en los territorios bajo su control, y que cumplan plenamente todas las demás órdenes del Tribunal y cooperen con la labor de éste, incluso con exhumaciones y otras medidas de investigación, de conformidad con el artículo 29 del estatuto del Tribunal, con todas las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y de conformidad con las disposiciones pertinentes del Acuerdo de Paz y sus anexos, en particular la Constitución de Bosnia y Herzegovina; 14. Insta a los Estados Miembros, teniendo en cuenta las órdenes y peticiones del Tribunal Internacional, a que ofrezcan a éste su pleno apoyo, incluido apoyo financiero, a fin de lograr el cumplimiento de los propósitos del Tribunal, y que desempeñen sus obligaciones de conformidad con el estatuto del Tribunal y todas las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad; 15. Reafirma una vez más el derecho de los refugiados y las personas desplazadas a regresar voluntariamente a sus lugares de origen, de conformidad con el Acuerdo de Paz, en particular el anexo 7 del Acuerdo, y la realización de este derecho en cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y los países de acogida, exhorta a todas las partes a que establezcan inmediatamente las condiciones necesarias para el regreso de los refugiados y las personas desplazadas a sus hogares y para la libertad de circulación y comunicación de todos los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina, y a las organizaciones internacionales pertinentes a que promuevan las condiciones que faciliten el regreso, de conformidad con las disposiciones pertinentes del Acuerdo de Paz y sus anexos, en particular la Constitución de Bosnia y Herzegovina, y acoge con beneplácito los esfuerzos de la Unión Europea, los donantes bilaterales y otros donantes, los organismos de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales para crear proyectos encaminados a facilitar el regreso voluntario y ordenado de los refugiados y las personas desplazadas a todas las regiones de Bosnia y Herzegovina; 16. Condena enérgicamente todos los actos de discriminación cuyo objeto es desalentar el regreso voluntario de los refugiados y las personas desplazadas, en particular la destrucción de viviendas; 17. Reafirma una vez más su apoyo al principio de que todas las declaraciones y compromisos extraídos bajo coacción, particularmente los relativos a tierras y propiedades, son totalmente nulos y sin valor, en virtud de las disposiciones pertinentes del Acuerdo de Paz, y apoya la intervención efectiva de la Comisión para el examen de las reivindicaciones de bienes raíces de los refugiados y las personas desplazadas, de conformidad con su mandato; /...

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