A/HRC/RES/17/14 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 14 de julio de 2011 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 17º período de sesiones Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos* 17/14. El derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental en el contexto del desarrollo y el acceso a los medicamentos El Consejo de Derechos Humanos, Reafirmando que el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental es un derecho humano que está recogido, entre otros, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre los Derechos del Niño, así como, en lo referente a la no discriminación, en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y que tal derecho se deriva de la dignidad inherente a la persona humana, Recordando la resolución 15/22 del Consejo de Derechos Humanos, de 30 de septiembre de 2010, y todas las resoluciones y decisiones sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental aprobadas por el Consejo, la Asamblea General y la Comisión de Derechos Humanos, y la resolución 12/24 del Consejo, de 2 de octubre de 2009, sobre el acceso a los medicamentos en el contexto del derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Poniendo de relieve la importancia de la promoción y protección de todos los derechos humanos para todas las personas y su interrelación con la salud pública mundial, el desarrollo, la erradicación de la pobreza, la educación, la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer, * Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el informe del Consejo sobre su 17º período de sesiones (A/HRC/17/2), cap. I. GE.11-14857 (S) 290711 290711

Select target paragraph3