A/RES/56/174 3. Condena enérgicamente: a) Las gravísimas violaciones sistemáticas y generalizadas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas por el Gobierno del Iraq, que tienen por resultado una represión y una opresión omnipresentes, sostenidas mediante una amplia discriminación y el terror generalizado; b) La supresión de la libertad de pensamiento, de expresión, de información, de asociación, de reunión y de circulación, bajo amenaza de detención, encarcelamiento, ejecuciones, expulsiones, demolición de viviendas y otras sanciones; c) La represión que se ejerce contra todo tipo de oposición, en particular el hostigamiento, la intimidación y las amenazas de que son objeto los opositores iraquíes que viven en el extranjero y sus familiares; d) La aplicación generalizada de la pena de muerte, que infringe las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos2 y las salvaguardias de las Naciones Unidas; e) Las ejecuciones sumarias y arbitrarias, incluidos los asesinatos políticos y la continuación de la denominada limpieza de prisiones, la utilización de la violación como instrumento político, así como las desapariciones forzadas o involuntarias, las detenciones y los encarcelamientos arbitrarios practicados habitualmente, y la inobservancia sistemática y habitual de las garantías procesales y del imperio del estado de derecho; f) La práctica generalizada y sistemática de la tortura y el mantenimiento en vigor de decretos en los que se prescriben castigos crueles e inhumanos para ciertos delitos; 4. Exhorta al Gobierno del Iraq a que: a) Cumpla las obligaciones que contrajo libremente en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, y respete y garantice los derechos de todas las personas, cualquiera que sea su origen, etnia, sexo o religión, que estén en su territorio y bajo su jurisdicción; b) Ponga fin a todas las ejecuciones sumarias y arbitrarias y se cerciore de que la pena capital no sea impuesta por delitos que no sean los más graves y sin tener en cuenta las obligaciones contraídas en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y lo dispuesto en las salvaguardias de las Naciones Unidas; c) Haga que la acción de sus fuerzas militares y de seguridad se ajuste a las normas de derecho internacional, en particular las del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; d) Coopere con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular invitando al Relator Especial a que haga una visita al Iraq y permitiendo la presencia de observadores de la situación de los derechos humanos en todo el Iraq de conformidad con las resoluciones correspondientes de la Asamblea General y de la Comisión de Derechos Humanos; e) Establezca la independencia del poder judicial y derogue todas las leyes que concedan impunidad a determinadas fuerzas o personas que dan muerte o lesionan a individuos por cualquier motivo ajeno a la administración de justicia con arreglo al imperio del estado de derecho, como prescriben las normas internacionales; 3

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