A/RES/61/264 14. Decide aprobar el establecimiento de una cuenta especial independiente para registrar las obligaciones acumuladas por concepto de prestaciones de seguro médico después de la separación del servicio y contabilizar las transacciones conexas; 15. Pide que se presente más información y análisis exhaustivos que se basen, entre otras cosas, en los resultados de la evaluación actuarial del plan de seguro médico de las Naciones Unidas después de la separación del servicio al 31 de diciembre de 2007, y que aborden las cuestiones siguientes: a) Las ventajas y desventajas que entrañaría para los Estados Miembros la opción de sufragar los costos del programa de seguro médico después de la separación del servicio con cargo a los ingresos corrientes, en comparación con la opción de reservar fondos para financiar esas obligaciones; b) Las proyecciones sobre el porcentaje de personal de las operaciones de mantenimiento de la paz que tendrá derecho a prestaciones de seguro médico después de la separación del servicio, teniendo en cuenta, en la medida posible, las modalidades de la carrera del personal de las misiones de mantenimiento de la paz; c) Los niveles diferenciados del porcentaje imputable a los costos de los sueldos que se aplicarían a las distintas fuentes de financiación, incluidos el presupuesto ordinario, los presupuestos de mantenimiento de la paz y los fondos extrapresupuestarios, teniendo en cuenta, en la medida posible, las diferentes modalidades de la carrera del personal cuyos gastos se sufragan con cargo a esas fuentes, que serían suficientes para financiar las obligaciones del seguro médico después de la separación del servicio de manera predecible y sin constituir una reserva; d) La opción de la financiación parcial de las obligaciones; e) La opción de la financiación total de las obligaciones por un período más largo de lo previsto en el informe del Secretario General; f) La parte del pasivo acumulado actual que corresponde a las distintas categorías de beneficiarios de todas las fuentes de financiación, a saber, los funcionarios jubilados, los empleados en funciones que pueden acogerse a la jubilación, y los empleados en funciones que no pueden acogerse a la jubilación, así como varias opciones para hacer frente a esas obligaciones relativas al seguro médico después de la separación del servicio; g) Un fondo de reserva para el seguro médico después de la separación del servicio y sus correspondientes estrategias de inversión; 16. Destaca la importancia de examinar más detenidamente esta cuestión y decide volver a ocuparse de ella, con carácter prioritario, en su sexagésimo tercer período de sesiones, a la espera de la validación del pasivo acumulado por concepto de seguro médico después de la separación del servicio y su comprobación por la Junta de Auditores. 93ª sesión plenaria 4 de abril de 2007 3

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