A/RES/58/208 Reafirmando la obligación de todos los Estados de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, reafirmando también la Declaración Universal de Derechos Humanos 7, y recordando la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial 8, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 9 y la Convención sobre los Derechos del Niño 10, Recordando la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares 11, que entró en vigor en julio de 2003, Recordando también que los Jefes de Estado y de Gobierno reunidos en la Cumbre del Milenio decidieron adoptar medidas, entre otras cosas, para garantizar el respeto y la protección de los derechos humanos de los migrantes, los trabajadores migratorios y sus familias, eliminar los crecientes actos de racismo y xenofobia en muchas sociedades y promover una mayor armonía y tolerancia en todas las sociedades, Reafirmando que la Asamblea General y el Consejo Económico y Social deben cumplir las respectivas funciones que se les encomendaron en la Carta de las Naciones Unidas y que los Estados Miembros deben esforzarse por lograr los objetivos definidos en las conferencias pertinentes de las Naciones Unidas, para la formulación de políticas y la orientación y coordinación de las actividades de las Naciones Unidas en el ámbito de la población y el desarrollo, incluidas las actividades relativas a la migración internacional, Reafirmando también la necesidad de que las organizaciones competentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales aumenten su apoyo financiero y técnico a los países en desarrollo, así como a los países de economía en transición, a fin de promover una migración que contribuya al desarrollo, Tomando nota de las opiniones de los Estados Miembros sobre la cuestión de convocar una conferencia de las Naciones Unidas sobre la migración internacional, su alcance, forma y programa, observando el escaso número de Estados Miembros que han respondido a la encuesta de la Secretaría y, en este contexto, invitando al Secretario General a que siga estudiando la cuestión, Observando la labor realizada en el marco del Programa internacional de políticas de migración por el Instituto de las Naciones Unidas para Formación Profesional e Investigaciones, la Organización Internacional para las Migraciones y el Fondo de Población de las Naciones Unidas, en asociación con la Oficina Internacional del Trabajo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y otras instituciones internacionales y regionales competentes, con miras a aumentar la capacidad de los gobiernos para gestionar las corrientes migratorias a nivel nacional y regional y fomentar así la cooperación entre los Estados para regularizar la migración, _______________ 7 Resolución 217 A (III). Resolución 2106 A (XX), anexo. 9 Resolución 34/180, anexo. 10 Resolución 44/25, anexo. 11 Resolución 45/158, anexo. 8 2

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