Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/57/100
Distr. general
9 de enero de 2003
Quincuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 73 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/57/517)]
57/100. Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares
La Asamblea General,
Reiterando que la cesación de las explosiones de los ensayos de armas
nucleares o de cualesquiera otras explosiones nucleares constituye una medida
efectiva de desarme y no proliferación nucleares,
Recordando que el Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares,
aprobado en su resolución 50/245, de 10 de septiembre de 1996, se abrió a la firma
el 24 de septiembre de 1996,
Destacando que un Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares
universal y efectivamente verificable constituye un instrumento fundamental en el
ámbito del desarme y la no proliferación nucleares,
Alentada por la firma del Tratado por ciento sesenta y seis Estados, incluidos
cuarenta y uno de los cuarenta y cuatro que se necesitan para que entre en vigor, y
acogiendo con beneplácito su ratificación por noventa y seis Estados, incluidos
treinta y uno de los cuarenta y cuatro que se necesitan para que entre en vigor, tres
de ellos Estados poseedores de armas nucleares,
Recordando su resolución 55/41, de 20 de noviembre de 2000,
Acogiendo con beneplácito la Declaración Final de la Conferencia sobre
medidas para facilitar la entrada en vigor del Tratado de prohibición completa de los
ensayos nucleares, que se celebró en Nueva York del 11 al 13 de noviembre
de 2001 1,
1.
Destaca la importancia y urgencia de que se firme y ratifique el Tratado
de prohibición completa de los ensayos nucleares sin dilación ni condición alguna y
de conformidad con los procesos constitucionales, para que se logre su entrada en
vigor lo antes posible;
2.
Acoge con beneplácito las contribuciones de los Estados signatarios a la
labor de la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de prohibición
completa de los ensayos nucleares, en particular a sus esfuerzos para garantizar que,
en el momento en que el Tratado entre en vigor, el régimen de verificación del
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1
02 54453
CTBT-ART.XIV/2001/6, anexo.
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