A/RES/67/127
incluirlo en el sitio web de las Naciones Unidas sobre descolonización, y solicita
que ese folleto se siga actualizando y difundiendo ampliamente;
16. Acoge con beneplácito que el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo siga esforzándose por mantener estrechos contactos con los organismos
especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, en
particular la Comisión Económica para América Latina y el Caribe y la Comisión
Económica y Social para Asia y el Pacífico, y por prestar asistencia a los pueblos de
los Territorios no autónomos;
17. Alienta a los Territorios no autónomos a que adopten medidas para
establecer o reforzar las instituciones y políticas relacionadas con la preparación y
gestión en casos de desastre, entre otras cosas, con la asistencia de los organismos
especializados pertinentes;
18. Solicita a las Potencias administradoras que, según proceda, faciliten la
participación de los representantes designados y elegidos de los Territorios no
autónomos en las reuniones y conferencias pertinentes de los organismos
especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, de
conformidad con las resoluciones y decisiones pertinentes de las Naciones Unidas,
en particular las de la Asamblea General y del Comité Especial relativas a
determinados Territorios, de manera que las actividades conexas de esos organismos
y organizaciones beneficien a los Territorios no autónomos;
19. Recomienda a todos los gobiernos que intensifiquen sus actividades en
los organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones
Unidas de los cuales sean miembros para que se dé prioridad a la cuestión de prestar
asistencia a los pueblos de los Territorios no autónomos;
20. Solicita al Secretario General que siga ayudando a los organismos
especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas a idear
medidas apropiadas para aplicar las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas
y que, con la asistencia de dichos organismos y organizaciones, prepare un informe
sobre las medidas adoptadas desde la distribución de su informe anterior para
aplicar las resoluciones pertinentes, incluida la presente, a fin de presentarlo a los
órganos competentes;
21. Encomia al Consejo Económico y Social por sus deliberaciones y su
resolución sobre esta cuestión, y le solicita que, en consulta con el Comité Especial,
siga examinando medidas apropiadas para coordinar las políticas y actividades de
los organismos especializados y de otras organizaciones del sistema de las Naciones
Unidas en la aplicación de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General;
22. Solicita a los organismos especializados que informen periódicamente al
Secretario General sobre la aplicación de la presente resolución;
23. Solicita al Secretario General que transmita la presente resolución a los
órganos rectores de los organismos especializados y las instituciones internacionales
competentes relacionadas con las Naciones Unidas a fin de que estos puedan adoptar
las medidas necesarias para cumplir lo dispuesto en ella, y le solicita también que en
su sexagésimo octavo período de sesiones la informe sobre la aplicación de la
presente resolución;
24. Solicita al Comité Especial que siga examinando la cuestión y que la
informe al respecto en su sexagésimo octavo período de sesiones.
59ª sesión plenaria
18 de diciembre de 2012
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