A/RES/73/19
Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina
Recordando la Iniciativa de Paz Árabe aprobada por el Consejo de la Liga de
los Estados Árabes en su 14º período de sesiones, que se celebró en Beirut los días
27 y 28 de marzo de 2002 6, y destacando su importancia en los esfuerzos destinados
a lograr una paz justa, general y duradera,
Instando a que la comunidad internacional renueve y coordine los esfuerzos
encaminados a restablecer un horizonte político y promover y acelerar la concertación
de un tratado de paz con objeto de poner fin sin dilación a la ocupación israelí que se
inició en 1967 resolviendo todas las cuestiones pendientes, incluidas todas las
cuestiones fundamentales, sin excepción, para alcanzar un arreglo justo, duradero y
pacífico del conflicto israelo-palestino, de conformidad con el principio reconocido
internacionalmente de una solución biestatal y, en última instancia, del conflicto
árabe-israelí en su conjunto para que reine la paz general en el Oriente Medio,
Acogiendo con beneplácito, a este respecto, todos los esfuerzos regionales e
internacionales encaminados a promover negociaciones significativas y a lograr una
solución biestatal basada en las fronteras anteriores a 1967 y en los principios de
referencia convenidos desde hace tiempo, tal como se solicitó en la resolución
2334 (2016) del Consejo de Seguridad,
Tomando nota del informe del Cuarteto, de 1 de julio de 2016 7, y destacando
sus recomendaciones, así como todas sus declaraciones recientes, en las que, entre
otras cosas, expresó profunda preocupación por que las tendencias actuales sobre el
terreno estaban minando gradualmente la solución biestatal y afianzando una realidad
de un solo Estado y en las que formuló recomendaciones para invertir esas tendencias
a fin de promover la solución biestatal sobre el terreno y crear las condiciones para el
éxito de las negociaciones sobre el estatuto definitivo,
Reiterando su apoyo a la celebración de una conferencia internacional en Moscú,
según se contempla en la resolución 1850 (2008) del Consejo de Seguridad y la
declaración del Cuarteto de 23 de septiembre de 2011, y destacando la importancia
del apoyo y la participación multilaterales para promover y acelerar las gestiones en
favor de la paz con el fin de alcanzar una solución general, justa y duradera de la
cuestión de Palestina,
Observando la importante contribución que ha hecho a las gestiones en favor de
la paz el Coordinador Especial de las Naciones Unidas para el Proceso de Paz del
Oriente Medio y Representante Personal del Secretario General ante la Organización
de Liberación de Palestina y la Autoridad Palestina, incluso en el marco de las
actividades del Cuarteto y con respecto al acuerdo trilateral y los acontecimientos
recientes sobre la Franja de Gaza,
Acogiendo con beneplácito la labor que lleva a cabo el Comité Especial de
Enlace para la Coordinación de la Asistencia Internacional a los Palestinos, presidido
por Noruega, y observando su reciente reunión celebrada en la Sede de las Naciones
Unidas el 27 de septiembre de 2018, y la labor que realiza para generar un apoyo
suficiente de los donantes durante este período de crucial importancia para hacer
frente sin demora a las inmensas necesidades humanitarias, de reconstrucción y de
recuperación en la Franja de Gaza, teniendo presente la evaluación detallada de las
necesidades y el marco de recuperación para Gaza elaborados con el apoyo de las
Naciones Unidas, el Banco Mundial y la Unión Europea, y promover la recuperación
económica y el desarrollo palestinos,
Reconociendo el esfuerzo que realiza el Gobierno palestino, con apoyo
internacional, para reformar, desarrollar y fortalecer sus instituciones e
__________________
6
7
4/11
A/56/1026-S/2002/932, anexo II, resolución 14/221.
S/2016/595, anexo.
18-20707