Situación de los derechos humanos en Myanmar
A/RES/70/233
19. Alienta a la comunidad internacional a seguir apoyando al Gobierno de
Myanmar en el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos en materia de
derecho internacional de los derechos humanos y derecho internacional humanitario,
en la ejecución del proceso de transición hacia la democracia, en el desarrollo
económico y social del país, y en la labor encaminada a lograr la paz duradera;
20.
Solicita al Secretario General que:
a)
Siga interponiendo sus buenos oficios y prosiga sus conversaciones sobre
los derechos humanos, la democracia y la reconciliación en Myanmar, con la
participación de todas las partes interesadas, y ofrezca asistencia técnica al
Gobierno de Myanmar a este respecto, teniendo en cuenta las consideraciones que
figuran en su informe de 19 de agosto de 2015 sobre el futuro del mandato de su
Asesor Especial sobre Myanmar 9;
b)
Preste toda la asistencia necesaria para que el Asesor Especial del
Secretario General sobre Myanmar y la Relatora Especial sobre la situación de los
derechos humanos en Myanmar desempeñen sus mandatos plena y eficazmente y de
manera coordinada;
c)
Informe a la Asamblea General en su septuagésimo primer período de
sesiones, así como al Consejo de Derechos Humanos, sobre los progresos realizados
en la aplicación de la presente resolución;
21. Decide seguir ocupándose de la cuestión sobre la base de los informes
del Secretario General y de la Relatora Especial.
82ª sesión plenaria
23 de diciembre de 2015
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A/70/332 y Corr.1, párr. 45.
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