A/HRC/RES/42/34 Observando los progresos realizados por las Fuerzas Armadas de la República Democrática del Congo para prevenir el reclutamiento y la utilización de niños y poner fin a esas prácticas, lo que ha propiciado su eliminación de la lista relativa a esa violación que figura en el informe anual de la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados, y los logrados en la lucha contra la impunidad, Preocupado por las consecuencias humanitarias de la violencia que afecta a las poblaciones civiles, especialmente a los niños y las mujeres, que han dado lugar a un incremento considerable del número de desplazados internos y de personas que necesitan asistencia humanitaria, Acogiendo favorablemente el desarme de algunas milicias armadas en la región de Kasái tras las elecciones del 30 de diciembre de 2018 y exhortando al mismo tiempo a las milicias aún activas a que procedan a su desarme y desmovilización, Acogiendo con beneplácito la organización de las elecciones presidenciales y elecciones legislativas nacionales y provinciales, que han dado lugar al primer traspaso pacífico del poder entre Jefes de Estado en la historia de la República Democrática del Congo, así como el importante papel desempeñado por las misiones de observación nacionales y regionales de la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo, la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos y la Unión Africana, Acogiendo con satisfacción la puesta en libertad, en marzo de 2019, de varios centenares de presos calificados de presos políticos y de opinión, así como las medidas preliminares adoptadas por el Presidente de la República para poner fin a las restricciones del espacio democrático en la República Democrática del Congo, en particular a la detención y reclusión arbitrarias de miembros de la oposición política y representantes de la sociedad civil y a la restricción de las libertades fundamentales, como la libertad de opinión y de expresión, la libertad de prensa y el derecho de reunión pacífica, y alentando la adopción de nuevas medidas tendentes a la pronta consecución de este objetivo, Exhortando al Gobierno de la República Democrática del Congo a que prosiga e intensifique su labor encaminada a respetar, proteger y garantizar todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, de conformidad con sus obligaciones internacionales, y a que respete el estado de derecho, Reconociendo la importante función que desempeñan la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo y la Oficina Conjunta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo en la documentación de las violaciones de los derechos humanos y los abusos cometidos contra estos y en la mejora de la situación de esos derechos en el país, Observando la labor realizada en la región, en particular por la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo, la Unión Africana, la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos y la Comunidad Económica de los Estados de África Central, para contribuir a la paz y la estabilidad en la República Democrática del Congo, Observando también, por un lado, los progresos realizados en la lucha contra la impunidad de los autores de actos de violencia sexual y el acceso de las víctimas a la justicia para obtener reparación por los daños sufridos, entre otros medios gracias al establecimiento, por la Oficina del Representante Personal del Jefe de Estado encargada de combatir la violencia sexual y el reclutamiento de niños, de un teléfono de asistencia para las víctimas de actos de violencia sexual, que contribuye a luchar contra la impunidad, y, por otro lado, la aprobación por el Gobierno de la República Democrática del Congo de un plan de acción de lucha contra la violencia sexual y de protección de los niños destinado a la policía nacional, Observando además la labor realizada por la República Democrática del Congo para cumplir los compromisos dimanantes del Acuerdo Marco sobre la Paz, la Seguridad y la Cooperación para la República Democrática del Congo y la Región, firmado en Addis Abeba el 24 de febrero de 2013, 2 GE.19-16917

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