A/RES/64/299
preparados y sean capaces de responder a los problemas, incluidas las crisis y
pandemias;
i)
Elaborando políticas y medidas adecuadas para promover la educación y
los conocimientos en materia de salud, en particular entre los jóvenes, a fin de
remediar el desconocimiento en el ámbito de la salud y, en algunos casos, las
prácticas perjudiciales que obstaculizan de manera significativa el acceso de las
mujeres y los niños a los servicios de atención de la salud, y para asegurar el respeto
de los derechos humanos, promover la igualdad entre los géneros y el
empoderamiento de la mujer como medios esenciales para tratar la cuestión de la
salud de las mujeres y las niñas y afrontar la estigmatización de las personas que
viven con el VIH/SIDA y se ven afectadas por este;
j)
Apoyando el uso de sistemas nacionales de recopilación de datos,
vigilancia y evaluación que permiten hacer un seguimiento desglosado por sexos del
acceso a los servicios de atención de la salud y proporcionan rápida
retroinformación para aumentar la eficacia y calidad de los sistemas de salud;
k) Aumentando la efectividad de los sistemas de salud y las intervenciones
de eficacia demostrada para hacer frente a problemas de salud en evolución, como la
mayor incidencia de las enfermedades no transmisibles, las lesiones y muertes
causadas por accidentes de tráfico y los riesgos para la salud relacionados con el
medio ambiente y el trabajo;
l)
Examinando las políticas nacionales de contratación, capacitación y
retención y elaborando planes nacionales relativos al personal sanitario, sobre la
base de la experiencia adquirida, que permitan paliar la falta de trabajadores
sanitarios y su distribución desigual dentro de los países, en particular en las zonas
remotas y rurales, y en todo el mundo, problema que socava los sistemas de salud de
los países en desarrollo, en particular la insuficiencia existente en África, y
reconociendo, a este respecto, la importancia de las medidas nacionales e
internacionales para el fomento del acceso universal a servicios de atención de la
salud que tengan en cuenta las dificultades a que se enfrentan los países en
desarrollo para retener al personal sanitario cualificado a la luz de la aprobación del
Código de prácticas mundial de la Organización Mundial de la Salud sobre
contratación internacional de personal de salud 22, cuya observancia es voluntaria;
m) Intensificando aún más la cooperación internacional, entre otras cosas
mediante el intercambio de mejores prácticas para el fortalecimiento de los sistemas
de salud, la mejora del acceso a los medicamentos, el fomento del desarrollo de
tecnología y la transferencia de tecnología en condiciones mutuamente convenidas,
la producción de medicamentos asequibles, seguros, eficaces y de buena calidad, el
fomento de la producción de medicamentos, productos farmacéuticos genéricos,
vacunas y otros productos básicos de salud innovadores, la capacitación y retención
del personal sanitario y la adopción de medidas para asegurar que la cooperación y
la asistencia internacionales, en particular la financiación externa, sean más
previsibles, estén mejor armonizadas y se adecuen mejor a las prioridades
nacionales para la creación de capacidad y se orienten a fortalecer los sistemas de
salud nacionales de los países receptores;
n) Promoviendo en mayor medida la investigación y el desarrollo, el
intercambio de conocimientos y el suministro y la utilización de la tecnología de la
información y las comunicaciones en el ámbito de la salud, entre otras cosas
_______________
22
Véase Organización Mundial de la Salud, 63ª Asamblea Mundial de la Salud, Ginebra, 17 a 21 de mayo
de 2010, Resoluciones y Decisiones, Anexos (WHA63/2010/REC/1).
21
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