A/RES/57/140
Destacando la importancia de la participación de las Potencias administradoras
en los trabajos del Comité Especial,
Observando con preocupación que la no participación de algunas Potencias
administradoras ha tenido repercusiones negativas en la ejecución del mandato y en
la labor del Comité Especial,
Observando con satisfacción la cooperación y la participación activa de
algunas Potencias administradoras en los trabajos del Comité Especial,
Observando que las demás Potencias administradoras han acordado ahora
participar con carácter oficioso en los trabajos del Comité Especial,
Tomando nota de las consultas y acuerdos celebrados entre las partes
interesadas en algunos territorios no autónomos y de las medidas adoptadas por el
Secretario General en relación con algunos territorios no autónomos,
Consciente de la apremiante necesidad que tienen los Estados de reciente
independencia y los que están a punto de lograrla de recibir asistencia de las
Naciones Unidas y de su sistema de organizaciones en los ámbitos económico,
social y de otro orden,
Consciente también de la apremiante necesidad que tienen muchos de los
territorios no autónomos que aún quedan, muchos de los cuales son pequeños
territorios insulares, de recibir asistencia económica, social y de otra índole de las
Naciones Unidas y de las organizaciones del sistema,
Tomando nota especialmente del hecho de que el Comité Especial celebró en
Nadi (Fiji), del 14 al 16 de mayo de 2002, un seminario regional del Pacífico para
examinar la situación en los territorios no autónomos, en particular su evolución
política hacia la libre determinación para el año 2002 y años subsiguientes2,
1.
Reafirma su resolución 1514 (XV) y todas las demás resoluciones y
decisiones sobre descolonización, incluida su resolución 55/146, en la que declara el
período 2001-2010 Segundo Decenio Internacional para la Eliminación del
Colonialismo, y exhorta a las Potencias administradoras a que, de conformidad con
esas resoluciones, tomen todas las medidas necesarias para que los pueblos de los
territorios no autónomos de que se trata puedan ejercer plenamente y sin más
demora su derecho a la libre determinación, incluida la independencia;
2.
Reafirma una vez más que la existencia del colonialismo en cualquiera de
sus formas y manifestaciones, incluida la explotación económica, es incompatible
con la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración sobre la concesión de la
independencia a los países y pueblos coloniales y la Declaración Universal de
Derechos Humanos 3;
3.
Reafirma su determinación de seguir tomando todas las medidas
necesarias para lograr la completa y rápida eliminación del colonialismo y la fiel
observancia por todos los Estados de las disposiciones pertinentes de la Carta, la
Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales
y la Declaración Universal de Derechos Humanos;
_______________
2
Véase A/57/23 (Part I), cap. II, anexo. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la
Asamblea General, quincuagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento No. 23.
3
Resolución 217 A (III).
2
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