A/RES/70/137 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 29 de febrero de 2016 Septuagésimo período de sesiones Tema 68 a) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2015 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/70/485)] 70/137. Derechos del niño La Asamblea General, Reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre los derechos del niño, la más reciente de las cuales es la resolución 69/157, de 18 de diciembre de 2014, y en particular reconociendo la importancia de la resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989, en la que aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño 1, Recordando las resoluciones 69/158, de 18 de diciembre de 2014, sobre la protección de los niños contra el acoso, y 69/187, de 18 de diciembre de 2014, sobre los niños y los adolescentes migrantes, Poniendo de relieve que la Convención sobre los Derechos del Niño constituye la norma en la promoción y protección de los derechos del niño, reafirmando que los Estados partes en la Convención deben adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean necesarias para ha cer efectivos los derechos reconocidos en la Convención, teniendo presente la importancia de sus Protocolos Facultativos 2, y pidiendo la ratificación universal y aplicación efectiva de estos y otros instrumentos de derechos humanos, Recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 3, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturale s 3, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 4, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas 5, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares 6, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 7 y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres _______________ 1 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531. Ibid., vols. 2171 y 2173, núm. 27531; y resolución 66/138, anexo. 3 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. 4 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2515, núm. 44910. 5 Ibid., vol. 2716, núm. 48088. 6 Ibid., vol. 2220, núm. 39481. 7 Ibid., vol. 2225, núm. 39574. 2 15-16891 (S) *1516891*

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