A/RES/70/137
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
29 de febrero de 2016
Septuagésimo período de sesiones
Tema 68 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2015
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/70/485)]
70/137. Derechos del niño
La Asamblea General,
Reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre los derechos del niño, la
más reciente de las cuales es la resolución 69/157, de 18 de diciembre de 2014, y en
particular reconociendo la importancia de la resolución 44/25, de 20 de noviembre
de 1989, en la que aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño 1,
Recordando las resoluciones 69/158, de 18 de diciembre de 2014, sobre la
protección de los niños contra el acoso, y 69/187, de 18 de diciembre de 2014, sobre
los niños y los adolescentes migrantes,
Poniendo de relieve que la Convención sobre los Derechos del Niño constituye
la norma en la promoción y protección de los derechos del niño, reafirmando que los
Estados partes en la Convención deben adoptar todas las medidas legislativas,
administrativas y de otra índole que sean necesarias para ha cer efectivos los
derechos reconocidos en la Convención, teniendo presente la importancia de sus
Protocolos Facultativos 2, y pidiendo la ratificación universal y aplicación efectiva
de estos y otros instrumentos de derechos humanos,
Recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 3, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturale s 3, la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad 4, la Convención Internacional para
la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas 5, la
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los
Trabajadores Migratorios y de sus Familiares 6, la Convención de las Naciones
Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 7 y el Protocolo para
Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres
_______________
1
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
Ibid., vols. 2171 y 2173, núm. 27531; y resolución 66/138, anexo.
3
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
4
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2515, núm. 44910.
5
Ibid., vol. 2716, núm. 48088.
6
Ibid., vol. 2220, núm. 39481.
7
Ibid., vol. 2225, núm. 39574.
2
15-16891 (S)
*1516891*