A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/48/172 22 de febrero de 1994 Cuadragésimo octavo período de sesiones Tema 91 d) del programa RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la segunda Comisión (A/48/717/Add.5)] 48/172. Cooperación económica y técnica entre los países en desarrollo La Asamblea General, Reafirmando sus resoluciones 33/134, de 19 de diciembre de 1978, en la que hizo suyo el Plan de Acción de Buenos Aires para promover y realizar la cooperación técnica entre los países en desarrollo 1/, 46/159, de 19 de diciembre de 1991, y otras resoluciones pertinentes de la Asamblea General, así como la resolución 1992/41 del Consejo Económico y Social, de 30 de julio de 1992, Subrayando que la cooperación técnica entre los países en desarrollo sigue siendo un elemento clave de la cooperación internacional que complementa otras formas de cooperación técnica internacional y cuyo objetivo final es promover el crecimiento y el desarrollo económicos, en particular el desarrollo de los recursos humanos, utilizando la capacidad de los países en desarrollo, Reafirmando que, aunque corresponda a los países en desarrollo la responsabilidad primordial de promover y realizar la cooperación técnica entre sí, el sistema de las Naciones Unidas y los países desarrollados deben prestar ayuda y apoyo a esas actividades, y que el sistema de las Naciones Unidas debe seguir desempeñando una importante función como promotor y catalizador de la cooperación técnica entre los países en desarrollo, de conformidad con el Plan de Acción de Buenos Aires, _________________ 1/ Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Cooperación Técnica entre los Países en Desarrollo, Buenos Aires, 30 de agosto a 12 de septiembre de 1978 (publicación de las Naciones Unidas, Nº de venta: S.78.II.A.11 y corrección), cap. I. /...

Select target paragraph3