A/RES/58/178 los derechos humanos que, junto con los informes presentados por algunos de los mecanismos de procedimientos especiales, ponen de manifiesto la gravedad de los riesgos que corren los defensores de los derechos humanos, en particular los que realizan sus actividades a nivel local y comunitario, y de sus serias consecuencias para las mujeres que se dedican a la defensa de los derechos humanos, así como para los defensores de los derechos de personas pertenecientes a minorías, Observando con profunda preocupación que, en algunos países de todas las regiones del mundo, persiste la impunidad respecto de las amenazas, los ataques y los actos de intimidación contra los defensores de los derechos humanos y que ello repercute negativamente en su labor y su seguridad, Destacando el importante papel que desempeñan los particulares, las organizaciones no gubernamentales y los grupos en la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluso en la lucha contra la impunidad, y en la promoción, el fortalecimiento y la preservación de la democracia, Recordando que, de conformidad con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2, ciertos derechos no admiten excepción, y destacando que otros derechos y libertades únicamente pueden admitirla cumpliendo estrictamente las condiciones y los procedimientos convenidos que se indican en el artículo 4 del Pacto, Hondamente preocupada porque, en algunos casos, se han utilizado indebidamente las leyes y otras disposiciones sobre seguridad nacional y lucha contra el terrorismo para incriminar a los defensores de los derechos humanos, o para atentar contra su labor y su seguridad de una manera contraria al derecho internacional, Reconociendo la importante labor realizada por la Representante Especial del Secretario General durante los tres primeros años de su mandato; Observando con satisfacción la cooperación entre la Representante Especial y otros procedimientos especiales de la Comisión de Derechos Humanos, Observando también con satisfacción las iniciativas regionales en favor de la promoción y la protección de los derechos humanos y la cooperación entre los mecanismos internacionales y regionales para la protección de los defensores de los derechos humanos, e instando a que se siga avanzando a ese respecto, Recordando que la responsabilidad primordial por la promoción y la protección de los derechos humanos recae en el Estado, y observando con honda preocupación que las actividades de algunas entidades no estatales constituyen una grave amenaza a la seguridad de los defensores de los derechos humanos, Destacando la necesidad de adoptar medidas enérgicas y efectivas para proteger a los defensores de los derechos humanos, 1. Insta a todos los Estados a que promuevan y den pleno efecto a la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, incluso mediante la adopción de medidas prácticas a ese efecto, según proceda; _______________ 2 2 Véase resolución 2200 A (XXI), anexo.

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