A/RES/58/108 A-B
arreglo a la Carta que indique el deseo inequívoco y libremente expresado de esos
pueblos de modificar el estatuto actual de los territorios;
5.
Subraya la importancia de recibir información sobre las opiniones y los
deseos de los pueblos de los territorios y de aumentar su comprensión de la
condición de esos territorios;
6.
Reafirma que las misiones visitadoras de las Naciones Unidas a los
territorios, realizadas en una fecha apropiada y en consulta con las Potencias
administradoras, son un medio eficaz de determinar la situación existente en los
territorios, y pide a las Potencias administradoras y a los representantes elegidos de
los pueblos de los territorios que a este respecto faciliten la labor del Comité
Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la
Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos
coloniales;
7.
Reafirma también la responsabilidad que, con arreglo a la Carta, incumbe
a las Potencias administradoras de promover el desarrollo económico y social y
preservar la identidad cultural de los territorios, y recomienda que, en consulta con
los gobiernos de los territorios interesados, se siga dando prioridad al
fortalecimiento y la diversificación de sus economías;
8.
Pide a los territorios y a las Potencias administradoras que adopten todas
las medidas necesarias para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios
de toda forma de degradación ambiental, y pide a los organismos especializados
competentes que continúen vigilando las condiciones ambientales en dichos
territorios;
9.
Exhorta a las Potencias administradoras para que, en cooperación con los
gobiernos de los respectivos territorios, sigan adoptando todas las medidas
necesarias para hacer frente a los problemas relacionados con el tráfico de drogas, el
blanqueo de dinero y otros delitos;
10. Observa que algunos territorios no autónomos prestan su colaboración
para hacer frente al problema de las drogas ilícitas, haciendo hincapié en la
reducción de la demanda, la educación, el tratamiento y las cuestiones jurídicas;
11. Observa con preocupación que al final del año 2000 no se había
ejecutado en su totalidad el plan de acción para el primer Decenio Internacional para
la Eliminación del Colonialismo 9 y subraya la importancia de que se aplique el plan
de acción para el Segundo Decenio Internacional, en particular acelerando la
aplicación del programa de trabajo para la descolonización de cada territorio no
autónomo caso por caso;
12. Invita a las Potencias administradoras a que participen plenamente en la
labor del Comité Especial y entablen un diálogo constructivo con el Comité
Especial antes del quincuagésimo noveno período de sesiones de la Asamblea
General a fin de aplicar las disposiciones del apartado e del Artículo 73 de la Carta y
la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos
coloniales en el período 2001-2010;
13. Insta a los Estados Miembros a que colaboren con las Naciones Unidas
para lograr que el mundo se libere del colonialismo en el Segundo Decenio
Internacional para la Eliminación del Colonialismo, y los exhorta a que sigan
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Véase A/46/634/Rev.1 y Corr.1, anexo.
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