CEDAW/C/GC/40 condiciones con los hombres y los niños. Sin embargo, el Comité observa que muchas mujeres y niñas siguen sin acceder a la educación o participar en ella en igualdad de condiciones, tanto en la legislación como en la práctica. La discriminación interseccional agrava aún más la violación de este derecho, como se observa, por ejemplo, en el caso de las mujeres y niñas con discapacidad. Incluso cuando se brinda un acceso igualitario, los estereotipos de género prevalecen en el sistema educativo, por ejemplo en los materiales de enseñanza y aprendizaje, las prácticas en el aula, la formación docente y las actitudes sesgadas hacia las niñas y las mujeres tanto dentro como fuera del entorno escolar, de forma que se las orienta hacia ámbitos de estudio tradicionales y comportamientos sesgados desde el punto de vista del género. Esta situación no solo hace que las mujeres sigan sin acceder a ciertas disciplinas fundamentales para configurar el futuro, como las nuevas tecnologías, incluida la inteligencia artificial, sino que también impide que se imaginen a sí mismas cumpliendo funciones decisorias. Una de las tareas clave de todo sistema educativo consiste en integrar una “educación para el empoderamiento”, de forma que se garantice que niñas, niños, mujeres y hombres reciban las herramientas necesarias para lograr la paridad y ejercer el liderazgo de manera igualitaria, responsable y ética. 35. El Comité recomienda que los Estados partes: a) Garanticen la paridad en la toma de decisiones sobre el sistema educativo, en relación con las políticas, los planes, los presupuestos y los procesos de seguimiento del sector, y superen los patrones de segregación de género en las disciplinas y entre ellas; b) Integren los derechos de las mujeres, su liderazgo y la igualdad de género, así como la comprensión de las pedagogías transformadoras en materia de género y el compromiso con ellas, en la formación docente a todos los niveles, incluida la eliminación de los estereotipos de género en los contenidos de enseñanza y en el aula; c) Eliminen los estereotipos de género en los materiales de enseñanza y aprendizaje e integren la eliminación de los estereotipos en los materiales didácticos, prestando especial atención a la educación de la primera infancia; d) Promuevan de forma proactiva la igualdad de género en todos los niveles de educación y en todos los ámbitos y asignaturas, e incluyan cursos obligatorios sobre la igualdad de género y la prevención y eliminación de los estereotipos de género en todos los niveles de los planes de estudios; e) Integren la enseñanza de los derechos de las mujeres, el liderazgo ético, la integridad y las aptitudes cívicas en los planes de estudios de todos los niveles, de modo que se respalde el empoderamiento de todos los estudiantes; f) Garanticen, por ejemplo mediante iniciativas de sensibilización y formación, la plena autonomía de las mujeres y niñas en la toma de decisiones; g) Difundan información sobre mujeres referentes en la toma de decisiones; h) Promuevan entornos de aprendizaje transformadores en materia de género, seguros e inclusivos, por ejemplo integrando en los planes de estudios de todos los niveles de educación contenido sobre el uso ético, seguro y responsable de las tecnologías digitales, mediante una clara perspectiva de género, y sobre la prevención de la violencia en línea y la defensa contra ella; i) Logren la paridad entre los docentes universitarios e incluyan como disciplina académica estudios sobre las mujeres, el derecho y el liderazgo; 24-20036 17/33

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