CEDAW/C/GC/40 j) Hagan frente, por ejemplo adoptando medidas especiales de carácter temporal, a las disparidades de género e interseccionales en todos los ámbitos educativos velando por que las niñas y las mujeres en toda su diversidad tengan las mismas oportunidades que los niños y los hombres para acceder a una educación de calidad en todos los niveles y beneficiarse de ella, en particular en la educación superior y en disciplinas que conducen a puestos decisorios; k) Pongan fin al abandono escolar entre las niñas haciendo frente a sus causas fundamentales, como la pobreza, las tasas de matrícula escolar, el trabajo infantil, el matrimonio infantil y el embarazo precoz, y garanticen un entorno escolar seguro e instalaciones sanitarias adecuadas; l) Proporcionen una educación inclusiva para las mujeres y niñas con discapacidad en todos los niveles de educación y en todos los sectores, y combatan todas las demás formas de discriminación en el sistema educativo; m) Superen la brecha digital de género, entre otras cosas brindando acceso a un Internet gratuito o asequible, integrando la alfabetización digital en todos los niveles de educación, desarrollando medidas de sensibilización para combatir las actitudes que impiden que las mujeres accedan a Internet y a los dispositivos móviles, concediendo subvenciones para facilitar el acceso de las mujeres y las niñas a los dispositivos móviles y a los planes de datos y brindando acceso a actividades de aprendizaje permanente sobre la alfabetización digital; n) Garanticen la inclusión radical de las niñas con miras a lograr la paridad en los programas de estudios en ámbitos tradicionalmente asociados a los hombres y niños y dominados por ellos, en particular el sector CTIM, y eliminen los casos de sesgos de género, segregación laboral y acoso en dichos ámbitos, por ejemplo invirtiendo grandes cantidades en iniciativas de sensibilización y orientación profesional para que la sociedad comprenda que estos ámbitos son igual de relevantes para las mujeres y las niñas; integrando fundamentos y posibilidades de especialización en CTIM accesibles y adaptados a cada edad en los planes de estudios de todos los niveles, incluida la educación de la primera infancia; acabando con la compartimentación entre disciplinas en la educación en CTIM; adoptando medidas especiales de carácter temporal para lograr la paridad en los estudios y carreras de CTIM, incluidas subvenciones económicas para sufragar los costos adicionales de la educación en CTIM; y eliminando los obstáculos a la movilidad y apoyando el empleo de las mujeres jóvenes y una trayectoria dinámica, entre otras cosas mediante la cooperación con el sector privado, la enseñanza y formación técnica y profesional y la iniciativa empresarial en estos ámbitos. 6. Eliminación de la violencia de género contra las mujeres y el acoso 36. La violencia de género contra las mujeres es una forma de discriminación dirigida contra las mujeres porque son mujeres o que las afecta en forma desproporcionada 42. Esta impide gravemente que las mujeres gocen de derechos y libertades en pie de igualdad con los hombres. En su recomendación general núm. 35 (2017), el Comité afirma que la violencia de género contra las mujeres adopta múltiples formas, a saber, actos u omisiones destinados a o que puedan causar o provocar la muerte o un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o económico para las mujeres, amenazas de tales actos, acoso, coacción y privación arbitraria de la libertad. Este tipo de violencia se puede producir en todas las esferas de la interacción humana, ya sean públicas o privadas, entre ellas los contextos de la familia, la comunidad, los espacios públicos, el lugar de trabajo, el esparcimiento, la política, el __________________ 42 18/33 Recomendación general núm. 19 (1992), relativa a la violencia contra la mujer. 24-20036

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