A/RES/54/178
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a) Las gravísimas violaciones sistemáticas y generalizadas de los derechos humanos y del derecho
internacional humanitario cometidas por el Gobierno del Iraq, que tienen por resultado una represión y una
opresión omnipresentes, sostenidas mediante una amplia discriminación y el terror generalizado;
b) La supresión de la libertad de pensamiento, de expresión, de información, de asociación, de reunión
y de circulación, bajo amenaza de detención, encarcelamiento, ejecuciones y otras sanciones;
c) La aplicación generalizada de la pena de muerte, que infringe las disposiciones del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos2 y las salvaguardias de las Naciones Unidas;
d) Las ejecuciones sumarias y arbitrarias, incluidos los asesinatos políticos y la continuación de la
denominada limpieza de prisiones, así como las desapariciones forzadas o involuntarias, las detenciones y los
encarcelamientos arbitrarios practicados habitualmente, y la inobservancia sistemática y habitual de las
garantías procesales y del principio del imperio de la ley, por ejemplo, la ejecución de delincuentes por delitos
leves contra la propiedad e infracciones de aduanas;
e) La práctica generalizada y sistemática de la tortura y la promulgación y aplicación de decretos en
los que se prescriben castigos crueles e inhumanos para ciertos delitos;
3.
Exhorta al Gobierno del Iraq a que:
a) Cumpla las obligaciones libremente contraídas en virtud de los tratados internacionales de derechos
humanos y del derecho humanitario internacional, y respete y garantice los derechos de todas las personas,
cualquiera que sea su origen, etnia, sexo o religión, que estén en su territorio y sujetas a su jurisdicción;
b) Conforme la actuación de sus fuerzas militares y de seguridad a las normas de derecho internacional,
en particular las del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;
c) Coopere con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular recibiendo
una nueva visita del Relator Especial al Iraq y permitiendo la presencia de observadores de la situación de los
derechos humanos en todo el país de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y
la Comisión de Derechos Humanos;
d) Establezca la independencia del poder judicial y derogue todas las leyes que concedan impunidad a
determinadas fuerzas o personas que den muerte o lesionen a terceros por cualquier motivo ajeno a la
administración de justicia con arreglo al imperio de la ley, como prescriben las normas internacionales;
e) Derogue todos los decretos que prescriben tratos o penas crueles e inhumanos, en particular la
mutilación, y vele por que dejen de practicarse la tortura y otros tratos o penas crueles;
f) Derogue todas las leyes y procedimientos, incluido el Decreto No. 840 del Consejo de Mando de la
Revolución, de 4 de noviembre de 1986, que reprimen la libertad de expresión, y vele por que la autoridad del
Estado se funde en la auténtica voluntad del pueblo;
g) Respete los derechos de todos los grupos étnicos y religiosos, ponga fin de inmediato a sus prácticas
represivas contra los kurdos iraquíes, los asirios y los turcomanos, en particular su deportación de las regiones
de Kirkuk y Khanakin, así como contra la población de las marismas del sur, donde los proyectos de desecación
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