A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/50/150 9 de febrero de 1996 Quincuagésimo período de sesiones Tema 109 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/50/632)] 50/150. Asistencia a los menores refugiados no acompañados La Asamblea General, Reafirmando su resolución 49/172, de 23 de diciembre de 1994, Consciente de que la mayoría de los refugiados son niños y mujeres, Teniendo presente que los menores refugiados no acompañados se cuentan entre los refugiados más vulnerables y requieren asistencia y cuidados especiales, Consciente de que la solución definitiva de la difícil situación de esos menores no acompañados consiste en que regresen y se reúnan con sus familias, Tomando nota de que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ha publicado en mayo de 1994 directrices revisadas sobre los niños refugiados, Tomando nota asimismo de la labor de la Alta Comisionada encaminada a dar protección y ayuda a los refugiados, incluidos los niños y los menores no acompañados, y de que es necesario redoblar los esfuerzos con ese fin, Recordando las disposiciones que figuran en la Convención sobre los Derechos del Niño 1/ y en la Convención de 1951 2/ y en el Protocolo de 1967 3/ sobre el estatuto de los refugiados, 1/ Resolución 44/25, anexo. 2/ Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 189, Nº 2545. 3/ Ibíd., vol. 606, Nº 8791. 96-76600 /...

Select target paragraph3