Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/55/66
Distr. general
31 de enero de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 107 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/595 y Corr.1 y 2)]
55/66.
Hacia la eliminación de los delitos de honor cometidos
contra la mujer
La Asamblea General,
Reafirmando la obligación de todos los Estados de promover y proteger los
derechos humanos y las libertades fundamentales enunciados en la Carta de las
Naciones Unidas, y reafirmando también sus obligaciones en virtud de los
instrumentos de derechos humanos, en particular la Declaración Universal de
Derechos Humanos 1, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales 2, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos2, la Convención
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 3 y la
Convención sobre los Derechos del Niño 4,
Teniendo presente la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la
mujer 5, así como la Declaración 6 y la Plataforma de Acción 7 de Beijing, aprobadas
en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, y recordando el documento
dimanado del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea
General titulado “La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y
paz para el siglo XXI” 8,
Teniendo presente también que los delitos de honor cometidos contra la mujer
son una cuestión de derechos humanos y que los Estados tienen la obligación de
ejercer la diligencia debida para impedir esos delitos, investigarlos, castigar a los
autores y dar protección a las víctimas, y que no hacerlo constituye una violación de
los derechos humanos,
Consciente de que la falta de comprensión de las causas fundamentales de
todas las formas de violencia contra la mujer, incluidos los delitos de honor, y la
1
Resolución 217 A (III).
Véase resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Resolución 34/180, anexo.
4
Resolución 44/25, anexo.
5
Véase resolución 48/104.
6
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo I.
7
Ibíd., anexo II.
8
Resolución S–23/3, anexo.
2
00 56338