A/RES/65/230
incorporar en las estrategias y normas internacionales de prevención del delito
medidas destinadas a prevenir, enjuiciar y sancionar los delitos en que se haya
actuado con violencia contra los migrantes, así como la violencia relacionada con el
racismo, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia. Invitamos a la Comisión
de Prevención del Delito y Justicia Penal a que siga examinando a fondo esta
cuestión.
39. Observamos que el desarrollo de las tecnologías de la información y las
comunicaciones y el uso cada vez más frecuente de Internet crean nuevas
oportunidades para los delincuentes y facilitan la proliferación de la delincuencia.
40. Reconocemos la vulnerabilidad de los niños, y exhortamos al sector
privado a que promueva y apoye las iniciativas para prevenir el abuso sexual de los
niños y su explotación en Internet.
41. Recomendamos a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el
Delito que, en cooperación con los Estados Miembros, las organizaciones
internacionales pertinentes y el sector privado, preste asistencia técnica y
capacitación a los Estados que lo soliciten para mejorar su legislación nacional y
reforzar la capacidad de las autoridades nacionales, a fin de que hagan frente a los
delitos cibernéticos, inclusive mediante la prevención, la detección, la investigación
y el enjuiciamiento de esos delitos en todas sus formas, y para aumentar la
seguridad de las redes informáticas.
42. Invitamos a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal a que
estudie la posibilidad de convocar a un grupo intergubernamental de expertos de
composición abierta para que realice un estudio exhaustivo del problema del delito
cibernético y las respuestas de los Estados Miembros, la comunidad internacional y
el sector privado ante ese fenómeno, incluido el intercambio de información sobre
legislación nacional, mejores prácticas, asistencia técnica y cooperación
internacional, con miras a examinar opciones para fortalecer las actuales respuestas
jurídicas o de otra índole ante el delito cibernético en los planos nacional e
internacional y proponer otras nuevas.
43. Nos comprometemos a adoptar medidas para promover la mejora de la
educación y la información sobre las reglas y normas de las Naciones Unidas en
materia de prevención del delito y justicia penal, a fin de asegurar que se instaure
una cultura de respeto del estado de derecho. A este respecto, reconocemos la
importancia de que la sociedad civil y los medios de información cooperen con los
Estados en esas iniciativas. Invitamos a la Oficina de las Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito a que siga cumpliendo una función determinante en la elaboración
y aplicación de medidas para promover y desarrollar esa cultura, en estrecha
coordinación con otras entidades competentes de las Naciones Unidas.
44. Nos comprometemos a promover la formación apropiada de los
responsables de salvaguardar el estado de derecho, como los funcionarios de las
instituciones penitenciarias, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y el
poder judicial, así como los fiscales y los abogados defensores, en la utilización y
aplicación de esas reglas y normas.
45. Nos preocupa la delincuencia urbana y su impacto en poblaciones y
zonas determinadas. Por ello, recomendamos que las políticas sociales se coordinen
mejor con las de seguridad, a fin de eliminar algunas de las causas fundamentales de
la violencia urbana.
46. Reconocemos que determinados grupos son especialmente vulnerables a
la delincuencia urbana, por lo que recomendamos que se aprueben y ejecuten,
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