A/RES/65/230 incorporar en las estrategias y normas internacionales de prevención del delito medidas destinadas a prevenir, enjuiciar y sancionar los delitos en que se haya actuado con violencia contra los migrantes, así como la violencia relacionada con el racismo, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia. Invitamos a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal a que siga examinando a fondo esta cuestión. 39. Observamos que el desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones y el uso cada vez más frecuente de Internet crean nuevas oportunidades para los delincuentes y facilitan la proliferación de la delincuencia. 40. Reconocemos la vulnerabilidad de los niños, y exhortamos al sector privado a que promueva y apoye las iniciativas para prevenir el abuso sexual de los niños y su explotación en Internet. 41. Recomendamos a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito que, en cooperación con los Estados Miembros, las organizaciones internacionales pertinentes y el sector privado, preste asistencia técnica y capacitación a los Estados que lo soliciten para mejorar su legislación nacional y reforzar la capacidad de las autoridades nacionales, a fin de que hagan frente a los delitos cibernéticos, inclusive mediante la prevención, la detección, la investigación y el enjuiciamiento de esos delitos en todas sus formas, y para aumentar la seguridad de las redes informáticas. 42. Invitamos a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal a que estudie la posibilidad de convocar a un grupo intergubernamental de expertos de composición abierta para que realice un estudio exhaustivo del problema del delito cibernético y las respuestas de los Estados Miembros, la comunidad internacional y el sector privado ante ese fenómeno, incluido el intercambio de información sobre legislación nacional, mejores prácticas, asistencia técnica y cooperación internacional, con miras a examinar opciones para fortalecer las actuales respuestas jurídicas o de otra índole ante el delito cibernético en los planos nacional e internacional y proponer otras nuevas. 43. Nos comprometemos a adoptar medidas para promover la mejora de la educación y la información sobre las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, a fin de asegurar que se instaure una cultura de respeto del estado de derecho. A este respecto, reconocemos la importancia de que la sociedad civil y los medios de información cooperen con los Estados en esas iniciativas. Invitamos a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito a que siga cumpliendo una función determinante en la elaboración y aplicación de medidas para promover y desarrollar esa cultura, en estrecha coordinación con otras entidades competentes de las Naciones Unidas. 44. Nos comprometemos a promover la formación apropiada de los responsables de salvaguardar el estado de derecho, como los funcionarios de las instituciones penitenciarias, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y el poder judicial, así como los fiscales y los abogados defensores, en la utilización y aplicación de esas reglas y normas. 45. Nos preocupa la delincuencia urbana y su impacto en poblaciones y zonas determinadas. Por ello, recomendamos que las políticas sociales se coordinen mejor con las de seguridad, a fin de eliminar algunas de las causas fundamentales de la violencia urbana. 46. Reconocemos que determinados grupos son especialmente vulnerables a la delincuencia urbana, por lo que recomendamos que se aprueben y ejecuten, 12

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