A/RES/60/93
medidas preventivas de orden técnico para reducir al mínimo el riesgo de que las
municiones se conviertan en restos explosivos de guerra;
8.
Recuerda que en la Segunda Conferencia de los Estados Partes encargada
del examen de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de
ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de
efectos indiscriminados se decidió convocar otra conferencia, a más tardar en 20062,
pide que la conferencia se celebre en noviembre de 2006 en Ginebra y sea precedida
de todas las reuniones preparatorias que los Estados partes consideren necesarias 9 y
pide también que en la Reunión de los Estados Partes de los días 24 y 25 de
noviembre de 2005 se tome una decisión definitiva sobre estas cuestiones;
Señala que, de conformidad con el artículo 8 de la Convención, en la
9.
Tercera Conferencia de Examen podrá considerarse toda propuesta de enmienda a la
Convención o los Protocolos que se presente, así como toda propuesta para elaborar
un protocolo adicional en relación con otras categorías de armas convencionales no
incluidas en los actuales protocolos de la Convención;
10. Pide que en la Tercera Conferencia de Examen y en sus reuniones
preparatorias se hagan todos los esfuerzos posibles para promover la
universalización de la Convención en su forma enmendada y de todos sus
Protocolos, incluso mediante la celebración de conferencias y seminarios regionales;
11. Pide al Secretario General que proporcione a la Reunión de los Estados
Partes los días 24 y 25 de noviembre de 2005 y a la eventual labor posterior que los
Estados partes consideren necesaria, así como a la Tercera Conferencia de Examen y
a sus reuniones preparatorias, la asistencia y los servicios que se requieran, incluida
la preparación de actas resumidas9;
12. Pide también al Secretario General que, en su calidad de depositario de la
Convención y sus Protocolos, la siga informando periódicamente, por medios
electrónicos, de las ratificaciones, aceptaciones y adhesiones formuladas respecto de
la Convención, su artículo 1 enmendado2 y sus Protocolos;
13. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo primer
período de sesiones el tema titulado “Convención sobre prohibiciones o
restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse
excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados”.
62ª sesión plenaria
8 de diciembre de 2005
_______________
9
De conformidad con el proyecto de presupuesto por programas para el bienio 2006-2007: segunda parte,
Asuntos políticos (sect. 4, Desarme) [A/60/6 (sect. 4)], párr. 4.25 a) iii) a.
3
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