A/RES/54/195
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2. Decide también que, en el futuro, toda solicitud de una organización para que se le otorgue la
condición de observador en la Asamblea General será debatida en sesión plenaria después de que la Sexta
Comisión de la Asamblea General haya examinado la cuestión;
3. Pide al Secretario General que adopte las medidas apropiadas para señalar a la atención de todos
los Estados Miembros que integran la Mesa y la Asamblea General los criterios y los procedimientos
establecidos por la Asamblea General en el caso de que una organización presente una solicitud para que
se le otorgue la condición de observador en la Asamblea General;
4. Pide también al Secretario General que tome las medidas necesarias para dar cumplimiento a
la presente resolución.
84a. sesión plenaria
17 de diciembre de 1999