A/RES/58/130
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
19 de enero de 2004
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 105 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/496)]
58/130. Aplicación de los resultados de la Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Social y del vigésimo cuarto período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General
La Asamblea General,
Recordando la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, celebrada en
Copenhague del 6 al 12 de marzo de 1995, y el vigésimo cuarto período
extraordinario de sesiones de la Asamblea, titulado “La Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Social y el futuro: en pos del desarrollo social para todos en el actual
proceso de mundialización”, que tuvo lugar en Ginebra del 26 de junio al 1° de julio
de 2000,
Reafirmando que la Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social y el
Programa de Acción 1 y las nuevas iniciativas de desarrollo social aprobadas por
la Asamblea General en su vigésimo cuarto período extraordinario de sesiones 2
constituyen el marco básico para la promoción del desarrollo social para todos en los
planos nacional e internacional,
Recordando la Declaración del Milenio 3 y los objetivos de desarrollo que en
ella figuran, al igual que los compromisos contraídos en las grandes conferencias,
los períodos extraordinarios de sesiones y las cumbres de las Naciones Unidas,
Recordando también el compromiso de promover sistemas económicos
nacionales y mundiales basados en los principios de justicia, equidad, democracia,
participación, transparencia, responsabilidad e inclusión,
Recordando además su resolución 57/270 B, de 23 de junio de 2003, sobre la
aplicación y el seguimiento integrados y coordinados de las decisiones adoptadas en
las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en las esferas económica
y social,
_______________
1
Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.8), cap. I, resolución 1, anexos I y II.
2
Resolución S-24/2, anexo.
3
Véase resolución 55/2.
03 50241
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