A/RES/78/331
Medidas de las Naciones Unidas en materia de explotación y abusos sexuales
13. Exhorta a los Estados Miembros que despliegan fuerzas ajenas a las
Naciones Unidas autorizadas en virtud de un mandato del Consejo de Seguridad a que
adopten las medidas apropiadas para investigar las denuncias de explotación y abusos
sexuales y hacer rendir cuentas a sus autores, e insta a todas las fuerzas ajenas a las
Naciones Unidas autorizadas en virtud de un mandato del Consejo de Seguridad a que
adopten las medidas adecuadas para prevenir los actos de explotación y abusos
sexuales cometidos por su personal y combatir la impunidad de esos actos;
14. Recalca que las víctimas de la explotación y los abusos sexuales deben
ocupar un lugar central en los esfuerzos de las Naciones Unidas por aplicar la política
de tolerancia cero en todo el sistema y, a este respecto, resalta la importancia de
prestar apoyo a las víctimas con celeridad y acoge con beneplácito las contribuciones
voluntarias al fondo fiduciario de apoyo a las víctimas de la explotación y los abusos
sexuales, alienta al Secretario General a que fortalezca la coordinación entre las
entidades de las Naciones Unidas a fin de que las víctimas accedan en condiciones de
seguridad a una asistencia y un apoyo básicos inmediatos, de conformidad con sus
necesidades individuales, y alienta también a las autoridades competentes del
personal ajeno a las Naciones Unidas que presta servicios en virtud de un mandato
del Consejo de Seguridad a que proporcionen asistencia y apoyo adecuados e
inmediatos a las víctimas de la explotación y los abusos sexuales cometidos por dicho
personal;
15. Toma nota del análisis piloto de los servicios, capacidades y enfoques a
disposición de las víctimas finalizado en mayo de 2020 por la Defensoría de los
Derechos de las Víctimas, en el que se observó en particular que no había ninguna
herramienta para todo el sistema que permitiera el seguimiento de los servicios y la
asistencia que recibían las víctimas, y solicita al Secretario General que analice las
deficiencias detectadas en el análisis y presente posibles soluciones para facilitar el
acceso y la utilización de los servicios por las víctimas y hacer un seguimiento al
respecto;
16. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo noveno
período de sesiones el tema titulado “Explotación y abusos sexuales: aplicación de
una política de tolerancia cero”, y solicita al Secretario General que siga presentando,
de conformidad con la resolución 57/306, de 15 de abril de 2003, informes anuales
sobre las medidas especiales de protección contra la explotación y los abusos sexuales
que indiquen los progresos realizados en la aplicación de una política de tolerancia
cero en el sistema de las Naciones Unidas, así como las mejores prácticas que hayan
surgido y las enseñanzas extraídas, para que la Asamblea General los examine en
relación con dicho tema del programa, con arreglo a los mandatos y procedimientos
existentes.
108a sesión plenaria
6 de septiembre de 2024
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